La sala de lo Civil del Tribunal Supremo confirma la pensión vitalicia de 1.400 euros al mes, sin limitación temporal, a una mujer vizcaina divorciada hace más de diez años que dejó su trabajo hace más de tres décadas para dedicarse a su familia.
Según se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, su finalidad radica en compensar "el desequilibrio que la separación o el divorcio produce en uno de los cónyuges tras la ruptura (...) a los efectos de colocar al cónyuge perjudicado en una situación de potencial igualdad de oportunidades laborales y económicas respecto de las que habría tenido de no mediar el vínculo matrimonial".
En este sentido, ella dejó de trabajar a finales de los años ochenta, momento en el que se dedicó al cuidado de los hijos y del hogar de ambos, así como a ayudar a su marido en su actividad profesional relacionada con el mundillo de la fotografía. Según se cita, lo hizo con detrimento a su integración y promoción en el mundo laboral, de lo que se benefició su por aquel entonces marido que pudo, por ello, desarrollar con plena dedicación su actividad laboral, contribuyendo a su éxito profesional. Según se recoge en la sentencia, desde el divorcio en el año 2014, el hombre enviaba a la mujer primero 6.000 euros al mes y, posteriormente, 4.000 euros.
Sentencia previa
El hombre recurrió ante el supremo la sentencia previa dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia de Bizkaia, donde se atribuyó a la mujer el uso del domicilio familiar durante el plazo de dos años y una pensión compensatoria de 2.000 euros mensuales de forma vitalicia. Además, el pago se debía hacer en los primeros cinco días del mes.