La sala de lo Civil del Tribunal Supremo confirma la pensión vitalicia de 1.400 euros al mes, sin limitación temporal, a una mujer vizcaina divorciada hace más de diez años que dejó su trabajo hace más de tres décadas para dedicarse a su familia.

Según se recoge en la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico, su finalidad radica en compensar "el desequilibrio que la separación o el divorcio produce en uno de los cónyuges tras la ruptura (...) a los efectos de colocar al cónyuge perjudicado en una situación de potencial igualdad de oportunidades laborales y económicas respecto de las que habría tenido de no mediar el vínculo matrimonial".

En este sentido, ella dejó de trabajar a finales de los años ochenta, momento en el que se dedicó al cuidado de los hijos y del hogar de ambos, así como a ayudar a su marido en su actividad profesional relacionada con el mundillo de la fotografía. Según se cita, lo hizo con detrimento a su integración y promoción en el mundo laboral, de lo que se benefició su por aquel entonces marido que pudo, por ello, desarrollar con plena dedicación su actividad laboral, contribuyendo a su éxito profesional. Según se recoge en la sentencia, desde el divorcio en el año 2014, el hombre enviaba a la mujer primero 6.000 euros al mes y, posteriormente, 4.000 euros.

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Sentencia previa

El hombre recurrió ante el supremo la sentencia previa dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia de Bizkaia, donde se atribuyó a la mujer el uso del domicilio familiar durante el plazo de dos años y una pensión compensatoria de 2.000 euros mensuales de forma vitalicia. Además, el pago se debía hacer en los primeros cinco días del mes.