A ver si nos aclaramos. La competencia es el “ámbito legal de atribuciones que corresponden a una entidad pública o a una autoridad judicial o administrativa”. Y está estipulada por ley. Es lo que nos compete. Es decir, el Estado, por ley, no es competente en una serie de materias en los territorios forales de la “Comunidad Autónoma de Euskadi”. Son las competencias exclusivas. Así de rotundo: el Estado no es la “entidad a la que corresponde hacer algo por su competencia”. Así que la competencia no se negocia. Es de quien es competente. Y a quien es competente le compete ejercerla. Otra cosa es que el regimen franquista (y otros antes) incautase por las armas la gestión pública y el Estado surgido de la dictadura, en virtud de la transición, se viese abocado a devolver dicha gestión de las competencias explicitadas en los acuerdos con reflejo en las leyes, Constitución y Estatuto, en sus términos y alcance. Y que, para hacerlo, debiese transferir su gestión; es decir, ejerciera la transferencia. Hoy, ¡45 años después! aún hay competencias que se siguen ejerciendo por la entidad a la que no competen y no se terminan de transferir a quien compete por los incompetentes a quienes sí compete transferirlas. Y el transferidor que las transfiera… Pero en esas llega una normativa básica, un decreto, una reforma de la relación con las CC.AA., una prórroga de presupuestos, una crisis de gobierno o un anticipo electoral y... ¿Nos aclaramos?