LA proposición de ley que los únicos votos del Partido Popular sacaron adelante ayer en el Congreso para solicitar una reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) limitando las condiciones en que la Justicia del Estado español puede actuar contra delitos cometidos en el extranjero retrata tanto en la forma como en el fondo la laxitud del PP para con principios y obligaciones democráticas de carácter fundamental. En cuanto a la forma, el hecho de que haya sido el Grupo Popular en el Congreso y no el Gobierno Rajoy quien presente a la Cámara la propuesta, cuando competería al Ejecutivo hacerlo, sólo puede deberse a una doble intención, la de acelerar los trámites para que pueda ser aplicada a determinados casos -la persecución a líderes chinos por el genocidio en el Tíbet o la causa contra militares estadounidenses por la muerte de José Couso, sin ir más lejos- abiertos por la Justicia y la de evitarse los preceptivos informes previos al respecto, entre ellos el del Consejo General del Poder Judicial. Es decir, el PP antepone intereses diversos, en este caso los derivados de presiones diplomáticas, a la salvaguarda judicial del derecho y su consiguiente efecto en la protección de los ciudadanos. En cuanto al fondo, que cuenta con el precedente de otra reforma impulsada por el Gobierno de Zapatero en 2009, la limitación del principio de "jurisdicción universal", reconocido expresamente por el Tribunal Internacional de Justicia de La Haya en su sentencia del 11 de julio de 1996 en el caso de Bosnia contra la República Federal de Yugoslavia, supondría, de aprobarse, un absoluto menosprecio de las víctimas de los más graves delitos y jurídicamente la limitación del alcance de acuerdos y tratados internacionales firmados por el Estado español y, por tanto, protegidos por el art. 96.1 de la Constitución, que impide su alteración mediante legislación específica. De manera especial si afecta a casos de vulneración de los derechos fundamentales estipulados en el capítulo II de la Constitución y garantizados en el art. 53 de la misma. Por si fuese poco, la pretensión del PP de reformar la LOPJ incluye también una distinción discriminatoria entre la nacionalidad española de origen y la nacionalidad española adquirida, lo que una vez más incumpliría el ya cuestionado principio constitucional de igualdad ante la ley.
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