LA decisión unánime de los tres magistrados de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Bizkaia de desestimar el sobreseimiento y en consecuencia imputar a Jabyer Fernández y Fernando García Macua por un delito contra la Hacienda pública -el impago de 43 millones de IVA devengado de la venta de terrenos en Barakaldo dentro de una operación urbanística conocida como Puerta Bilbao- no permite ignorar la obligada presunción de inocencia que ampara a los acusados; pero la fecha de su comunicación, coincidente con circunstancias de amplia repercusión social aunque ajenas al recorrido judicial del caso, tampoco faculta para cuestionar la argumentación de un auto perfectamente fundamentado a lo largo de sus diecisiete folios de razonamientos jurídicos. Es decir, las circunstancias particulares de Fernando García Macua, o en su caso las de Jabyer Fernández, no deben mediatizar de ningún modo la investigación judicial sobre la supuesta trama societaria que, habiendo sido presuntamente diseñada por García Macua y mediante una compleja ingeniería financiera, habría eludido el pago de esos 43 millones de IVA y, tanto o más importante, tampoco que en el transcurso de dicha operación urbanística se habría dejado sin su dinero a quinientos cooperativistas que aportaron un total de doce millones de euros para la construcción de sus viviendas. Como tampoco debe condicionar a los medios de comunicación, y entre ellos a DEIA, a la hora de explicar y analizar los pormenores del caso para ofrecerlos a nuestros lectores. Dicho de otro modo, todo atisbo de posible delito fiscal -de fraude, en definitiva, a la sociedad de Bizkaia y a todos los ciudadanos que sí cumplen con sus obligaciones tributarias- debe investigarse con independencia de las circunstancias de sus protagonistas, que deben someterse a los rigores de quien debe ser juzgado precisamente y siquiera por no haber evitado la utilización de formas de negocio cuando menos imprudentes respecto a la observancia de los preceptos legales y el empleo por mero afán de lucro y preeminencia social de métodos de administración que se encuentran reñidos con los principios de transparencia en la gestión y terminan perjudicando directa o indirectamente a la sociedad, sea en el ámbito del desarrollo urbanístico o en otros. Y la mejor, quizás única, forma de que Fernando García Macua separe sus actuales circunstancias de los efectos de la imputación sería que él mismo divulgase de manera nítida todos los detalles que le relacionan con el presunto delito fiscal. Divulgación que, sin embargo, no solo ha eludido sino que ha enmarañado al analizar la acusación -fundamentada en un auto respaldado por tres magistrados- como una también presunta injerencia interesada en la coyuntura principal en la que hoy se circunscribe su actividad pública.
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