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Cuidado con los nuevos parasoles para el coche, la DGT puede multarte hasta con 200 euros

La DGT advierte de la posible sanción por los problemas de visión que produce un nuevo formato de parasol para vehículos

Cuidado con los nuevos parasoles para el coche, la DGT puede multarte hasta con 200 eurosFreepik

Cada vez hay más dudas respecto a los comportamientos que pueden suponer multas de tráfico. ¿Se puede circular con el brazo apoyado en la ventanilla? ¿Si llevo objetos colgados del retrovisor puedo ser sancionado? ¿Y si conduzco sin camiseta? A este conjunto se suma una nueva duda: ¿Me pueden sancionar por mi parasol?La DGT ya ha dado respuesta a todos los conductores para los que este objeto se ha vuelto su mejor aliado durante los meses de calor.

Con la llegada del verano, el calor se vuelve insoportable en las calles y este se multiplica en el interior del coche. El bochorno se vuelve aún peor al dejar aparcado el coche al sol durante horas. Volver después de un día de playa, sentarse en el asiento y coger el volante se convierte e misión imposible. Aunque la temperatura fuera sea de alrededor de 30º, en el interior puede llegar a los 70º, y la opción de encender el aire hasta que se enfríe el coche no siempre es la mejor.

Control de policía

El parasol, el mejor aliado

Por eso, la mejor alternativa parabajar la temperatura en el interior ha sido el parasol que permite disminuirla hasta 20º. Esta simple lamina evita que el sol incida directamente sobre el salpicadero ralentizando tanto su deterioro como el de la tapicería. Además, favorece la ventilación del coche, se reduce la cantidad de benceno (sustancia tóxica) y, al no utilizar aire acondicionado, se reduce el consumo de combustible.

Entre las diferentes opciones de parasoles, el típico siempre ha sido el de aluminio que se ubica en el parabrisas por la parte interior. La DGT no pone problemas con este. Sin embargo, ahora se ha generalizado el uso del parasol en forma de estor. Es decir, necesita una estructura instalada en el salpicadero de forma permanente, de manera que se enrolla y desenrolla fácilmente.

Este es el que la DGTprohíbe y lo deja claro el Reglamento General de Circulación: “La superficie acristalada del vehículo deberá permitir la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que se circule, sin interferencias de láminas o adhesivos”. La única excepción es la pegatina de la ITV. El uso de este tipo parasol supone una multa de 200 euros.

En el caso de llevarlo en la parte trasera, no habría problemas, mientras el vehículo cuente con dos retrovisores exteriores que cumplan con las especificaciones técnicas necesarias. Nunca pueden impedir la correcta visión del conductor.