EL Congreso de los Diputados retrató de nuevo ayer la falta de altura política en la calidad del debate sobre la reforma de Ley de garantía integral de libertad sexual –popularmente conocida como ‘ley de solo sí es sí’– con un cruce de reproches más estéticos que de calado técnico o jurídico. Una confrontación formal impenitente entre los socios del Gobierno español –PSOE y Unidas Podemos– de la que, no obstante, salvaguardaron la propia continuidad de la coalición, a la que no están dispuestos a renunciar. Llegados al punto de constatar la letra de la reforma aplicada sobre la norma estrella del Ministerio de Igualdad solo la pretensión de cerrar filas en torno a una iniciativa que el partido de Irene Montero considera propia justifica continuar afirmando que desaparece el consentimiento como eje del tratamiento penal del abuso y la agresión sexual. No se trata solo de que, como mantiene el Tribunal Supremo en hasta al menos tres sentencias, el consentimiento o, mejor dicho, la falta de él ya estaba en el centro de la consideración del delito mismo por parte de los tribunales antes de ser descrito en el articulado de la ley ahora reformada. Es que la reforma conserva la descripción del mismo en idénticos términos sin modificar su articulado, solo complementándolo con un agravante penal en el caso de violencia o intimidación. La alusión a la violencia, intimidación o indefensión ya existía en la norma revisada aunque no contemplaba aplicarles la consideración de agravante, como su concreción en ese sentido no implica que los jueces deban requerir a las víctimas una carga de prueba superior en el proceso penal ni que se abandone el consentimiento como centro de la protección de la víctima. En consecuencia, el insistente foco sobre este extremo difícilmente se sostiene en términos técnicos. En su lugar, se ha sustituido por una retórica ideológica inocua a la hora de ofrecer garantías y protección a las víctimas y que tampoco había servido para solventar los evidentes errores técnicos que contenía la ley originalmente –sin normativa transitoria, que está en el fondo del goteo de reducciones de pena y excarcelaciones de una de cada tres condenas recurridas–. El objetivo de la integridad de derechos de libertad sexual debió estar siempre por encima del cálculo partidista y ahora debería volver ahí.