MADRID - La Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) asegura que la implantación de un sistema de cotización proporcional a los ingresos reales de los autónomos es “lógica y deseable”, pero que, con los medios y la información disponibles hoy en día, no es factible. Asimismo, en un estudio al que ha tenido acceso Europa Press, afirma que si se entienden los ingresos reales como rendimientos netos, este sistema solamente se podrá aplicar a 1,3 millones autónomos, es decir, al 40%, puesto que no se podrá determinar de forma precisa los rendimientos netos de más de 1,9 millones de trabajadores.

ATA remarca que tiene “todo el sentido” que quien gane más pague más y quien gane menos pague menos, pero apunta que en primer lugar debería definirse qué se considera ingresos reales, ya que podría referirse tanto a la facturación total como a los rendimientos netos.

Desde su punto de vista, para aplicar este sistema lo más adecuado es considerar los rendimientos netos como ingresos reales, aunque esto también conlleva dificultades en varios ámbitos. En primer lugar, la Agencia Tributaria solo dispone de los rendimientos netos de 18 meses después del cierre del ejercicio fiscal, lo que, según ATA, “supondría que la cotización se establecería sobre unos resultados anteriores que no tienen por qué corresponder con la actividad del año en curso en el que se estaría cotizando”. En este sentido, ATA explica que se podría dar el caso de que los rendimientos netos de un autónomo fuesen elevados un año y medio antes, pero que no tenga la misma actividad durante el ejercicio en curso y podría sobrecotizar.

Además, tampoco podría ser aplicable a los nuevos emprendedores, unos 300.000 al año, puesto que no existe un sistema de determinación de sus rendimientos netos en tiempo real ni referencias anteriores sobre las que determinar la cotización correspondiente. También hay que tener en cuenta que en España hay más de 1,03 millones de autónomos societarios, vinculados a una sociedad, y para los cuales habría que determinar si sus rendimientos netos serían los correspondientes a su actividad como autónomo o a los correspondientes a la sociedad. - E.P.