BILBAO - Los sucesivos anuncios del Gobierno socialista español en relación a la transición energética están generando incertidumbres y efectos económicos negativos a corto plazo en el sector de automoción, con caídas de ventas, expedientes de regulación de empleo, etc. Ahora la última propuesta en relación al proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética pretende que las gasolineras que más venden instalen puntos de recarga eléctricos obligatoriamente antes de dos años.
En concreto, la obligación de instalar puntos de recarga eléctrica en las gasolineras afectará a las estaciones de servicio que realicen ventas de más de 5 millones de litros de carburante (gasolina y gasóleo) al año y a aquellas que en su provincia, ciudad autónoma o isla tengan una cuota de mercado de, al menos, el 10%.
El problema es que los empresarios vascos del sector no acaban de ver claro el tener que realizar una inversión en una tecnología aún inmadura y sin estandarizar. Además señalan que, en líneas generales, las gasolineras con mayor facturación suelen ser las cercanas a los núcleos urbanos y no ven que alguien deje el coche, por ejemplo, media hora para recargar las baterías en una estación de servicio porque la lógica apunta que se haga en los parkings, tanto de casa o del centro de trabajo donde el usuario sí deja el vehículos por largos periodos de tiempo. Además, resaltan que tampoco hay que descartar que el cambio tecnológico apueste por otros sistemas como, por ejemplo, el hidrógeno.
En cualquier caso, la futura Ley de Cambio Climático establece diferentes plazos para la instalación de los cargadores en función del nivel de ventas de las gasolineras.
Los titulares de estaciones de servicio con ventas iguales o superiores a 10 millones de litros anuales contarán, según Efe, con un plazo de nueve meses, desde la entrada en vigor de la norma, para presentar a la Dirección General de Política Energética y Minas un proyecto para instalar infraestructuras de recarga eléctrica de potencia igual o superior a 22 kilovatios. Estas infraestructuras deberán estar operativas en un plazo de doce meses a partir de la presentación del proyecto. Ello hace que el plazo para ver los primeros puntos de recarga obligatorios estén en dos años si la norma entra en vigor en los próximos tres meses.
Las instalaciones con unas ventas de entre 5 y 10 millones de litros dispondrán de quince meses para presentar el proyecto y de doce para ejecutarlo y ponerlo en marcha.
Si en una provincia, ciudad autónoma o isla ninguna gasolinera alcanza los volúmenes establecidos en la norma, estarán obligados a instalar un punto de recarga eléctrica los titulares de gasolineras que “conjunta o individualmente” alcancen al menos el 10% de las ventas anuales en las correspondientes áreas geográficas.
En este caso, deberán presentar el proyecto en un plazo de quince meses a contar desde el momento en el que se publique la lista con las gasolineras con mayor cuota de mercado.
Posteriormente, tendrán un periodo de doce meses para poner en operación el punto de recarga
En la actualidad ya existen en la CAV unos 70 puntos de recarga de vehículos eléctricos para una flota de un millar de coches y furgonetas.
En este sentido hay que recordar que en 2010 se constituyó en Euskadi, la sociedad Ibil, con Repsol y el Ente Vasco de la Energía de accionistas, empresa pionera en ofrecer puntos de recarga.