BILBAO. El pleito judicial al que hace referencia la decisión del Supremo se entabló cuando el Ayuntamiento de esta localidad vizcaína, gobernada por el PNV, impulsó la celebración de una consulta ciudadana sobre el plan de regeneración urbana de los barrios de San Fausto, Bidebieta y Pozokoetxe en julio de 2016, sin pedir permiso al Gobierno de España, decisión que fue recurrida por la Abogacía del Estado.

La consulta fue suspendida, en primera instancia, por un Juzgado de Bilbao por lo que, mientras se recurría el falló al TSJPV, el consistorio decidió pedir el permiso para celebrarla al Consejo de Ministros, que lo otorgó, por lo que la votación finalmente se celebró en diciembre de 2017, mientras proseguía la vía judicial.

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en segunda instancia, determinó la legalidad de la decisión municipal impulsada al amparo de la Ley de Instituciones Locales de Euskadi, que determina que este tipo de consultas ciudadanas no requieren el permiso del Gobierno de España, fallo que fue recurrido al Supremo por la Abogacía.

Ahora, la Sección de Admisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha acordado no admitir a trámite dicho recurso del Estado al considerar que no ha quedado demostrado que se haya producido una infracción sustancial del derecho español, informa el Ayuntamiento de Basauri en un comunicado.

El consistorio considera que, tras esta decisión del Supremo, la sentencia del TSJPV "es firme, avala la forma de proceder del Ayuntamiento y sienta doctrina".

El alcalde de Basauri, Andoni Busquet, ha opinado, en dicho comunicado, que este fallo judicial "da un espaldarazo a la autonomía municipal en una cuestión de calado, sobre la cual no existían precedentes en Euskadi".

"Es la primera consulta en el ámbito local a nivel estatal sin necesidad de recabar previa autorización del Consejo de Ministros y que ha pasado todos los filtros de tribunales", ha sentenciado por último.