Bilbao. Bizkaia es un territorio muy particular en materia de Derecho Sucesorio. En las ciudades y villas rige el Derecho Civil: Bilbao, Orduña, Plentzia, Portugalete, Otxandio, Ondarroa, Markina, Lekeitio, Lanestosa, Gernika-Lumo, Ermua, Durango, Bermeo y Balmaseda comparten la legislación con el resto del Estado. Sin embargo, en el resto de Bizkaia se aplica el Derecho Foral, con numerosas particularidades con respecto al anterior.

La diferencia principal es que en la zona constituida por las anteiglesias, donde rige la norma foral, la herencia se divide en dos partes. "Cuatro quintos es para los hijos, entre los que se pueden repartir como se quiera, y un quinto es de libre disposición", explica el notario José Antonio Isusi. Así, el testador puede dejar todo su patrimonio a un solo hijo aunque, como dice Isusi, "lo normal es que se repartan estos cuatro quintos de legítima entre los hijos a partes iguales".

Más libertad En las zonas de Bizkaia donde rige el Derecho Foral, el testador puede distribuir libremente los bienes entre los hijos o elegir a un solo sucesor apartando a los demás, lo que dota al testador de una mayor libertad a la hora de repartir la herencia entre los descendientes directos. Además, puede repartir el quinto de libre disposición a su voluntad.

Otra de las peculiaridades del Derecho Foral es que los cónyuges con hijos, antes o después del matrimonio, pueden nombrarse recíprocamente comisario en la escritura de capitulaciones o bien a través de un pacto sucesorio. "Una persona puede encomendar a su pareja, estén o no casados, que haga testamento por ella cuando fallezca", aclara Isusi. "Puede ocurrir que el cónyuge no utilice este poder testatorio, con lo que dejaría su patrimonio repartido a partes iguales entre los hijos", explica el notario.

Estas dos son las dos diferencias principales del Derecho Foral vizcaino con respecto al Derecho Civil que rige en las villas, entre ellas Bilbao, y en la ciudad de Orduña. Hay otras diferencias, pero también hay similitudes. Como recuerda Isusi, "el proceso de cobrar una herencia está exento de impuestos en todo el territorio de Bizkaia".