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Bilbao atiende la demanda de las gateras y actuará en todas las colonias felinas de la villa

El pleno del Ayuntamiento aprobará el jueves la ordenanza de bienestar animal con las alegaciones de las asociaciones

Bilbao atiende la demanda de las gateras y actuará en todas las colonias felinas de la villaOskar González

El Ayuntamiento de Bilbao actuará, sin distinción, en las 147 colonias de gatos censadas en la ciudad. Esta es una de las modificaciones de última hora que incluirá la nueva Ordenanza Municipal Reguladora de Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de Animales de Compañía que será aprobada de forma definitiva durante este pleno de marzo. El área de Salud y Consumo ha atendido esta petición llevada a cabo por varias asociaciones protectoras para que no haya diferencias entre agrupaciones de gatos comunitarios y colonias reconocidas oficialmente. Asimismo, la regulación elimina el apercibimiento de su régimen sancionador y contempla el abandono como motivo por el que un animal se halle en la vía pública.

Después de que se incluyeran 12 de las 67 enmiendas presentadas por los grupos de la oposición, la normativa se ha sometido ahora a 19 alegaciones entre las que se han aceptado 15 parcialmente. “El 90% de las alegaciones hacía referencia a las colonias felinas cuando solo cuentan con un artículo de los 49 que conforma la ordenanza”, explica Álvaro Pérez, concejal de Salud y Consumo. En ese sentido, avanza que “lo más interesante” es que el programa CER (Captura, Esterilización, Marcaje y Retorno) se va a aplicar a las 147 colonias de gatos de la ciudad, entre las que hay 116 reconocidas y 31 no reconocidas, según los últimos datos municipales. 

Dos gatos de una colonia felina de Bilbao.

Se trata de un matiz ampliamente debatido en el pleno de octubre de 2024, en el que Ana Viñals, portavoz de Elkarrekin Bilbao, evidenció que lo contrario dejaría sin control y esterilización a varias comunidades. En ese sentido, Pérez destaca que en el caso de colonias que se encuentren en terrenos privados, “previamente habrá que conseguir una autorización”. En todo caso, el texto promueve un avance, ya que en la normativa anterior –hasta ahora no ha habido una ordenanza específica para animales–, se especificaba que el programa se aplicaba “en colonias reconocidas, y siempre y cuando se produzca una necesidad de salud pública en las privadas”. A partir de la entrada en vigor de la nueva regulación, se intervendrá en todas. 

SOLO AGUA

Una de las cuestiones por las que la ordenanza ha acaparado la atención mediática es por la previsión, entre otras medidas, de que los propietarios de los canes que no limpien su orina con agua puedan recibir multas de hasta 3.000 euros. Álvaro Pérez reconoce que hay muchos vecinos con mascotas que ya están aplicando el mandato. “Hay mucha gente que no entiende el procedimiento de aprobación de una ordenanza y da por hecho que ya está en vigor”, asevera sobre el reglamento que lleva alrededor de seis meses –al menos de cara a la opinión pública– tramitándose. En esa línea, el edil aclara que tras debatir si sería necesario que el agua estuviera mezclada con vinagre u otros productos biodegradable, finalmente solo se exigirá arrojar agua. 

El concejal Álvaro Pérez con uno de los perros de la perrera municipal de Bilbao.

“Cuando echas agua diluyes el olor y la corrosividad de la orina. Hay muchas papeleras y barandillas que tienen la parte de abajo carcomida por los orines de lo perros”, asevera el concejal de Salud y Consumo, quien considera que aún queda mucho por hacer en materia de civismo. “La recogida de excrementos es obligatoria desde hace muchos años y sigue habiendo gente que no lo hace”, detalla el edil, antes de reconocer que hay una exigencia, incorporada en la nueva ordenanza, que costará que se aplique de forma generalizada. Álvaro Pérez se refiere a la obligatoriedad de que los perros deban pasearse atados con un límite máximo del sistema de retención, que se establece en dos metros. “Esto es aplicable también a perro pequeños como caniches”, agrega el edil.

APERCIBIMIENTOS

El incumplimiento de estas normas puede acarrear multas de hasta 3.000 eurosy, en ese sentido, Pérez añade entre las modificaciones que entran a última hora que se elimina el apercibimiento, como concepto, del régimen sancionador. “No tiene mucho sentido que un municipal avise de lo que no se puede hacer. ¿Cuándo empiezas a sancionar? ¿Cuando ves por tercera vez a la misma persona cometer la misma infracción? Otra cosa es que luego el Policía Municipal lo haga; como cuando aparcas en doble fila y el agente te dice que retires el vehículo. Si te quiere multar, te puede multar, pero no tiene por qué”, explica al respecto el responsable de Salud y Consumo, antes de indicar que al tratarse de un reglamento jurídico tienen que atar bien todos los cabos.

Otro de los matices atañe a cuando se encuentra un perro en la vía pública. “Inicialmente se da por hecho que está extraviado y luego pasa a la categoría de abandonado. Es el mismo criterio que se aplica a una persona que es inocente hasta que se demuestra lo contrario”, explica el concejal, quien contempla la posibilidad de que el perro haya podido escaparse, incluso presentando malas condiciones. “Puedes tener un perro, al que han mordido hace tres días por lo que está en mal estado, y se te escapa. No por su estado en ese momento vas a dar por hecho que está abandonado”, asevera, en todo caso habrá que cumplimentar un informe de maltrato si hay indicios. “En ese caso se podría sancionar al dueño, salvo que se pudiera demostrar que esos signos de maltrato están derivados de que lo haya mordido otro perro o de que lo hayan atropellado, por ejemplo”, concreta.

TERMINOLOGÍA

En palabras de Pérez, las alegaciones que proponían cambios muy drásticos se referían a la Ley de Bienestar Animal española, no obstante, la ordenanza municipal está basada en lo dictaminado por la Ley de Protección de Animales de Compañía del Gobierno vasco –en vigor desde agosto del 2022–, por lo que no sus competencias son limitadas. “Había muchas alegaciones que pedían cambiar el régimen sancionador que no es nuestra competencia. O incluso proponían cambiar el 101, que hace referencia a los animales potencialmente peligrosos, que tampoco podemos”, clarifica Pérez. Así, añade que gran parte de las modificaciones aplicadas hacen referencia a la terminología que empleaba el texto. “Por ejemplo, los veterinarios querían que cada vez que se pusiera persona veterinaria habilitada se pusiera persona profesional veterinaria habilitada. Otra casuística es que en lugar de persona propietaria hemos puesto persona titular”, precisa sobre cambios introducidos en esta “segunda vuelta”.