Bilbao - A partir de ahora, el personal de los polideportivos municipales de Bilbao dispondrá de mayor autoridad para controlar y frenar todos aquellos comportamientos indebidos que se pueden producir, bien verbales o físicos, en sus instalaciones. Dependiendo de la gravedad de los mismos, las sanciones pueden llegar a costarle a los usuarios la expulsión de los polideportivos por un periodo que puede llegar hasta los cinco años. Este cambio se recoge en el nuevo reglamento de Instituto Municipal de Deportes, Bilbao Kirolak, que entró en vigor el día 1 de enero. En el mismo se reconoce al personal socorrista mayor autoridad para corregir comportamientos injustos o para dictaminar el cierre de acceso a la piscina por limitación de aforo. El nuevo texto, que sustituye al anterior aprobado en 2006, fortalece la autoridad de los mismos que a partir de ahora podrán también desalojar las instalaciones cuando estas hayan alcanzado el aforo máximo permitido.

Además, las agresiones sexistas, anteriormente no previstas como comportamientos sancionables se incorporan también con la actualización del documento, al régimen sancionador. Así, según informaron ayer desde el Consistorio bilbaino, en su redacción optan por utilizar un lenguaje más inclusivo y eliminar la utilización del masculino como genérico. “Personas abonadas y personas usuarias serán los términos que sustituyan en este reglamento a los términos que prevalecían en textos anteriores”, destacan desde el Consistorio bilbaino.

El nuevo texto recoge ahora protocolos ante situaciones de violencia extrema, que incluyen “el maltrato verbal o físico”.

En el caso de producirse situaciones de esa índole, las sanciones variarán dependiendo del grado y oscilarán entre la expulsión de las instalaciones de un día hasta cinco años excluido de todos los espacios deportivos municipales. Según informó ayer el Ayuntamiento de Bilbao, en la nueva normativa se consideran infracciones la utilización inadecuada de las instalaciones o de convivencia, conductas inadecuadas o fraudulentas en cursos deportivos, fraude en el derecho a la reserva de las instalaciones.

Entre las infracciones graves se encuentran el consumo o tráfico de sustancias ilegales, hurto o robo, agresión o acoso, comercio con el título de persona abonada, conductas que impidan la utilización de instalaciones o el desarrollo de cursos, y situaciones de maltrato físico o verbal.

Uso del gorro El texto que entró en vigor con el estreno del Nuevo Año incorpora la obligatoriedad del uso de gorro en las piscinas, eliminando, por razones higiénico-sanitarias, el carácter opcional que establecía la anterior regulación. Respecto a los menores no acompañados, se rebaja de 14 a 12 años la edad de acceso autónomo a las piscinas, es decir, sin acompañamiento de personas adultas. Esta exigencia sí se mantiene para niños y niñas de entre 7 y 11 años, y los menores de 7 años deberán acudir a las piscinas infantiles con acompañamiento adulto. En cuanto a los niños menores de 5 años podrán acceder a las piscinas y al resto de instalaciones deportivas municipales de forma gratuita.

Asimismo, en la nueva normativa se amplía la edad para poder hacer reservas inmediatas de instalaciones a partir de los 10 años y se incluye la adaptación a la Ley 1/2006 de 7 de abril, de Atención Integral de Adicciones y Drogodependencias. - DEIA