bilbao - Varias parejas vizcainas se han beneficiado del proceso abreviado para conseguir la nulidad matrimonial establecido por el Papa Francisco en el Motu Proprio Mitix Iudex Dominus Iesus, en vigor desde el 8 de diciembre del pasado año y con el cual se agilizan los procesos al reducir los trámites necesarios, sin que ello afecte a la indisolubilidad del matrimonio. Una reforma que ayuda, como sostiene Bergoglio, a favorecer la celeridad, no la nulidad de los matrimonios. La diócesis de Bilbao prevé para este año que el número de solicitudes de nulidad matrimonial ascienda a cuarenta.
“Estamos tramitando ya la cuarta causa que deberemos instruir la semana que viene. Causa que estará concluida para finales de este mes o junio; las dos primeras sentencias se dictaron en marzo”, explica Ramón Díaz- Guardamino, juez presidente desde 2014 del Tribunal Eclesiástico de la diócesis de Bilbao.
Díaz-Guardamino reconoce que se está consolidando el procedimiento abreviado como uno más para la tramitación de la nulidad matrimonial. “Pero lo normal es que sea minoritario porque no siempre las causas son tan claras y rara vez hay acuerdo entre las partes. Del total de solicitudes, una cuarta parte irán por este cauce”, aclara al tiempo que reconoce que en la diócesis de Bilbao de un año a esta parte se han multiplicado las peticiones. “Ahora tenemos entre dos o tres al mes y es probable que este año lleguemos a las cuarenta demandas de nulidades”, subraya.
causas El responsable del Tribunal Eclesiástico, Díaz Guardamino, junto con el director del Centro Lagungo, Jon Elordui, y la abogada del Tribunal, Alicia Pérez, ofrecieron el pasado jueves algunas claves sobre el procedimiento a los párrocos y personas que trabajan en la pastoral familiar de las parroquias de Bizkaia.
En la charla les explicaron con mayor detalle cuáles son los posibles motivos de nulidad, “que tienen que ver habitualmente con la falta de capacidad de hacer un discernimiento crítico suficiente, con la falta de libertad interna y con no poder asumir las obligaciones esenciales del matrimonio”, apunta Díaz Guardamino. “Los requisitos son poder probar esas causas; en muchos casos es posible pero en otros tantos, no. Hasta los años 80 era más difícil, ahora con la reforma del Papa se ha facilitado la prueba atribuyendo mayor valor a la declaración de las partes y de los testigos”, añade el juez del Tribunal Eclesiástico.
El Motu Proprio del Papa ha supuesto aplicar algunos cambios en las causas de nulidades matrimoniales como son “ahorrarse la necesidad de confirmación por el Tribunal de Apelación o la posibilidad de que decida un solo juez en lugar de los tres actuales o facilitar que la persona pueda acudir al tribunal más cercano”, detalla Díaz-Guardamino.
el dictamen del obispo La reforma de las nulidades matrimoniales afecta asimismo al Obispo del lugar, que es el juez que dictamina la sentencia. “El procedimiento abreviado supone acortar los plazos, una cuestión que suponía un sufrimiento añadido para los cónyuges. En los casos resueltos por la vía exprés y los que tenemos en trámites tengo que decir que el Obispo Iceta ha actuado con total celeridad, estando en todo momento a disposición de los requerimientos del Tribunal Eclesiástico”.
Cuando se le comenta que la nulidad hasta ahora parecía cosa de ricos y famosos, Díaz-Guardamino admite que “esta imagen es a la que tenemos que enfrentarnos todos los días. Pero la gente que ha recurrido al Tribunal Eclesiástico se da cuenta de que es completamente distinto de lo que pensaba. Tras obtener la declaración de nulidad nos suelen relatar su experiencia como muy positiva. Nos aseguran haberse sentido escuchados, comprendidos. Y la gente de su entorno se queda impresionada porque han oído hablar de nulidades matrimoniales solo en las revistas del corazón. Con la reforma del Papa este procedimiento se está difundiendo entre la sociedad, que tiene que saber que el dinero no es un impedimento ya que, si se acredita no tener ingresos, la diócesis le exime de pagar las tasas”, remacha Díaz-Guardamino.