La violencia ejercida sobre la mujer a través de las nuevas tecnologías está a la orden del día. Los delitos de stalking, cuya traducción viene a significar acoso ilegítimo u hostigamiento, son cada vez más frecuentes debido al inmenso arsenal tecnológico en manos de agresores que “saben todo sobre la otra parte”.

La Fiscalía de Gipuzkoa alerta de la “impunidad” con la que se cometen este tipo de actos violentos. No solo coartan la libertad de la víctima. Se convierten en poco menos que una pesadilla cuando se producen de manera reiterada, sometiéndola a persecuciones o vigilancias constantes. “Existen programas espías que permiten vigilar todos los movimientos del propietario del dispositivo telefónico o electrónico en el que se inserten los mismos, facilitando la comisión de múltiples delitos sobre la víctima de violencia de género”, expone el Ministerio público en la memoria de su actividad de 2022.

El problema a la hora de investigar estos hechos es que este tipo de delitos se cometen bajo el anonimato que procuran actualmente los medios tecnológicos, “sintiéndose el autor con una mayor sensación de seguridad, amparado por la dificultad en la averiguación de la identidad del autor del perfil o cuenta desde los cuales se cometen los delitos”, describe la Fiscalía.

Una situación límite para las víctimas, como relató a Noticas de Gipuzkoa Diana Uranga, una donostiarra de 51 años que vivió un infierno a manos de su expareja. “Hubo mañanas en las que llegué a recibir cien llamadas de él en el trabajo. El acoso incluso dio un paso más. “Llegó un momento en el que yo solo respondía a las llamadas de mi hija o de mi jefe. Pero cuando se ponían en contacto conmigo, cogía y no eran ellos”. En el móvil aparecían sus nombres, pero no eran ellos. ¿Cómo era posible? ¿Se estaba volviendo loca? La Ertzaintza, su abogada, la jueza, el fiscal. Todos le decían que era imposible lo que estaba contando.

El programa descubierto por una becaria

“Tuve un angelito: la becaria de mi abogada. Con la ayuda de un amigo descubrió lo que estaba ocurriendo. Se había bajado a través de PlayStore una aplicación para que pareciera lo que no era”. Se había descargado un programa para que las llamadas aparecieran a nombre de las dos únicas personas a las que cogía el teléfono. “Cuando se descubrió todo, respiré más tranquila. No estaba loca”, suspiraba en declaraciones a NG.

En el plazo de nueve meses tuvo que cambiar de número de teléfono en tres ocasiones. También lo hizo con su correo electrónico. “Él, pese a todo, me localizaba. Quería llevarme a una situación en la que pensara que estaba loca, pero no lo estaba”. Fue un día festivo cuando Diana se armó por fin de valor para denunciar su tormento en comisaría.

Un caso que revela la extraordinaria complejidad de muchas de las investigaciones. Según refleja la Fiscalía, el principal quebradero de cabeza es “la falta de prueba”, con la consiguiente “impunidad de muchos de los autores”. Una alerta que llega en medio de un insoportable goteo de casos de violencia de género en el Estado, donde asciende ya a 44 el número de mujeres asesinadas este año por sus parejas o exparejas -tras los crímenes de Gerona y Granada-, que han dejado huérfanos a 45 menores.

La memoria de actividad en Gipuzkoa da cuenta de una sentencia condenatoria por un delito de asesinato en grado de tentativa “concurriendo la circunstancia agravante de género y la atenuante analógica de reparación del daño”, hechos castigados con una pena de 6 años y 6 meses de prisión, y la prohibición, entre otras, de aproximarse a una distancia inferior a 300 metros y comunicarse con la víctima durante 12 años.

La concesión de órdenes de protección ha aumentado un 11,5% durante el último año en Gipuzkoa. El documento incide en un problema que viene constatando la Fiscalía a la hora de ejecutar la pena impuesta a los encausados por la comisión de delitos de violencia de género. En concreto, cuando el penado es extranjero y ha sido condenado a trabajos en beneficio de la comunidad.

Las condenas de investigados franceses

Se trata de un supuesto bastante frecuente en Gipuzkoa, sobre todo en los juzgados de violencia sobre la mujer de Donostia e Irun, donde se siguen los delitos cometidos por investigados franceses. A este respecto, el Ministerio Público reconoce que “resulta difícil que cumplan la pena de trabajos tras regresar a su país, por lo que los fiscales suelen optar por solicitar la pena de prisión en el escrito de acusación”.

En los casos en los que el penado no comparece ante el Servicio Vasco de Gestión de Penas para cumplir la pena de trabajos en beneficio de la comunidad, se da traslado al Ministerio Fiscal, quien solicita que se deduzca testimonio por la comisión de un delito de desobediencia.

El documento de la Fiscalía también da cuenta de los supuestos de custodias compartidas y atribución de la custodia al padre denunciado. A este respecto, algunas sentencias de los Juzgados de Primera Instancia de Irun, Bergara, Tolosa, Azpeitia y Eibar (especializados en violencia de género) atribuyen la custodia compartida de los hijos menores a pesar de que el demandado esté siendo investigado por delitos de violencia de género.

Lo hacen, precisa el documento, basándose en el artículo 11 de la Ley Vasca 7/2015, que establece que “únicamente la condena firme impide el establecimiento de cualquier clase de custodia a favor del condenado”. Eso sí, no se atribuye al padre denunciado por violencia de género la custodia “exclusiva” del menor, por impedirlo el artículo 94 del Código Civil.

La memoria añade que en los procedimientos civiles es frecuente que el investigado “utilice a sus hijos menores para transmitirles mensajes negativos hacia su madre, culpabilizándole de la situación en la que se encuentra y de que las visitas con ellos se desarrollen supervisadas en un Punto de Encuentro”.

De este modo, añade la Fiscalía, los investigados consiguen que cuando se efectúa la exploración del juez de los menores éstos realicen “un discurso aprendido y repiten todo lo que han escuchado durante las visitas con el investigado”. En estos supuestos, dice la Fiscalía, es fundamental que la prueba sea realizada a través de un psicólogo que permita detectar si el menor está influenciado por el investigado.