Cómo tramitar la baja si estás contagiado o en cuarentena
Es necesario obtener el parte de baja para que sea calificada como 'accidente laboral'
El coronavirus nos ha modificado prácticamente todo. Rutinas, relaciones, trabajo... Y con contagios y cuarentenas llega la incapacidad laboral, que en esta situación de alarma se convierte en una baja por 'accidente laboral'. Si estás infectado por el Covid-19 o tienes que estar en cuarentena por haber tenido relación con algún contagiado tu ausencia al puesto de trabajo será considerada como un accidente laboral y deberás recibir el 75% de la base reguladora. Y si eres funcionario recibirás el 100% de tu salario.
Para ello se deberá obtener el parte de baja firmado por el médico que atiende al enfermo, pero incluso antes de haber recibido el parte y con la mera comunicación del trabajador, la empresa tiene la capacidad de comprobar la baja a través de la Seguridad Social (INSS-Empresas).
En el caso de que un trabajador que esté recluido en cuarentena y sin parte de baja de por medio, es la Inspección Médica la que debe confirmar ese aislamiento y la pertinencia de emitir ese parte de baja.
Desde la Seguridad Social (INSS) informan de que todos sus oficinas están cerradas al público por lo que los trámites que se vayan a realizar o estén en curso seguirán su tramitación online. Además se habilita un email para poder enviar documentos o presentar solicitudes para todos aquellos que no tengan un certificado electrónico.
En Araba: caiss-dato.inss-araba.información@seg-social.es
En Bizkaia: información-esc.inss-bizkaia.dp@seg-social.es
En Gipuzkoa: sugerencias.inss-gipuzkoa.correo@seg-social.es
En Nafarroa: pamplona.inss-navarra.31@seg-social.es
Para información y solicitudes fuera de Euskadi se puede consultar las direcciones electrónicas en: sede.seg-social.gob.es
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