Dos años de cárcel por cobrar durante 23 años la pensión de su madre muerta
La procesada deberá reintegrar al Instituto Nacional de la Seguridad Social 90.713,23 euros
IRUÑA. En la sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo, el TSJN ratifica tanto la indemnización impuesta a la procesada, que deberá reintegrar al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) 90.713,23 euros, como la declaración de CaixaBank como responsable civil subsidiario.
La acusada, M. C. G. R., era cotitular de una cuente corriente en CaixaBank junto con su madre, que falleció en julio de 1992 y que tenía reconocido el derecho al cobro de una pensión del INSS desde el 1 de octubre de 1979.
Desde agosto de 1992 a diciembre de 1996, se satisfizo por parte del INSS la pensión, si bien no se pudo averiguar la cuantía exacta percibida por la procesada al no existir entonces ficheros automatizados.
La encausada no puso en conocimiento del citado organismo ni de la entidad bancaria el fallecimiento de su madre, por lo que continuó recibiendo la percepción hasta septiembre de 2015.
Así, entre enero de 1997 y septiembre de 2015 cobró 142.027,51 euros, de los que devolvió a la entidad bancaria 32.885,40, correspondientes a las pensiones abonadas entre los meses de noviembre de 2011 a 2015.
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