Vitoria. El acusado, que tiene en la actualidad 81 años, se enfrentaba a una petición de cárcel por parte del Ministerio Fiscal de dos años de prisión, así como a una multa de 3.600 euros y a su inhabilitación para ejercer de alcalde o concejal durante diez años por un delito continuado de negociación y actividad prohibida a autoridad y otro de prevaricación urbanística.

En este caso también estaba imputado el arquitecto municipal que informó a favor de dichas licencias urbanísticas, para quien la Fiscalía solicitaba por un delito de prevaricación urbanística dos años de cárcel y diez de inhabilitación para ejercer, y que finalmente ha sido asimismo absuelto por la Audiencia Provincial alavesa.

En una sentencia fechada el pasado 2 de mayo, el tribunal considera que en el juicio celebrado el pasado mes de noviembre no ha quedado acreditado que Andrés Alcalde y el arquitecto concedieran e informaran, respectivamente, las referidas licencias a sabiendas de que en las parcelas no se podían construir casetas de aperos y que las autorizaciones se iban a destinar a levantar construcciones que excedían por sus características de la licencia concedida.

De hecho el tribunal analiza la normativa urbanística del municipio y los informes emitidos por varios peritos y concluye que la construcción de una caseta de aperos vinculada al cultivo de la tierra, una explotación ganadera o un almacén agrícola sí es compatible con lo que la normativa municipal permitía para esas parcelas.

Otra cosa es que las edificaciones que finamente se hicieron en esas parcelas se adecuaran a los parámetros exigidos, ya que según se recuerda en la sentencia, los solicitantes de los permisos terminaron por construir edificaciones que excedían lo que se considera un cabaña de aperos, ya que se llegaron a levantar edificaciones con porches de acceso, suministro eléctrico e incluso fosa séptica.

El tribunal estima que en todo caso se podría haber producido un defectuoso cumplimiento de las facultades de inspección de las construcciones en base a las licencias otorgadas por el consistorio pero remarca que esa cuestión no se planteó por la Fiscalía por lo que no puede pronunciarse de algo sobre lo que no se acusa.

La Audiencia alavesa analiza el hecho de que las parcelas donde se construyeron esas edificaciones pertenecieron previamente a una sociedad constituida por el exalcalde. El tribunal recuerda que Alcalde vendió las parcelas a particulares y que la concesión de las licencias de construcción se produjo tiempo después sin que se haya acreditado que la compraventa estuviera condicionada a la concesión de las mismas.

Los magistrados indican también que no consta que exista por parte del exalcalde "promesa o compromiso de conceder las licencias a los compradores" ni que este les asesorara y ejerciera una actividad profesional o económica incompatible con el ejercicio de su cargo.

Cuando se hizo pública la petición de la Fiscalía contra el acusado EA emitió una nota de prensa en la que aclaraba que este fue obligado a dimitir antes de conocerse la acusación contra él y que desde 2009 ya no era miembro de la formación.

En declaraciones con Efe Alcalde ha asegurado este miércoles que tras conocer la absolución ha hablado con el histórico dirigente de EA Rafa Larreina y que le han pedido disculpas.

La sentencia de la Audiencia alavesa no es firme todavía y cabe interponer recurso ante el Tribunal Supremo.