Vitoria.En un primer momento la Fiscalía pedía 5 años de prisión para esta mujer, pero la Audiencia Provincial alavesa en su sentencia ha apreciado la atenuante de trastorno psíquico, ya que reconoce que en el momento de los hechos la mujer estaba afectada por un trastorno mixto de personalidad, así como de hábitos y de control de impulsos que condicionó su actuación aunque conociera y comprendiera lo que estaba haciendo.

Según los hechos declarados probados, la mujer comenzó a trabajar en la empresa en 2011 como auxiliar administrativa y desde abril de 2013 hasta mayo de 2015 se valió de que conocía las claves de las cuentas bancarias de la mercantil para apoderarse de un total de 158.989 euros que traspasó a las suyas.

Según declaró en el juicio, celebrado el pasado enero, la trabajadora se gastó el dinero en "compras compulsivas, suntuarias y supérfluas" y cesó su conducta porque la descubrieron.

La sentencia reconoce que la mujer cuando llevó a cabo los hechos estaba diagnosticada de un trastorno mixto de personalidad, con rasgos histriónicos, y otro de hábitos y de control de impulsos con un cuadro ansioso depresivo asociado, pero sin embargo también se declara probado que no han existido pruebas que hagan dudar al tribunal de que ella "sabía lo hacía y hacía lo que quería".

Sin embargo a la hora de fijar la pena, los magistrados sí que aplican la atenuante de trastorno psíquico porque consideran que ese trastorno influyó en su actuación.

Además de los dos años de cárcel, la Audiencia alavesa impone a la mujer una multa de 1.080 euros y establece que indemnice a la empresa en la cantidad apropiada más los intereses hasta la presente sentencia. También deberá abonar 1.500 euros a AXA por la cantidad que la aseguradora abonó a la empresa por los perjuicios sufridos. Contra esta sentencia cabe recurso ante el Tribunal Supremo.