La sombra de Génova sigue siendo alargada para el PP. Cuando el pasado febrero comenzó el juicio en la Audiencia Nacional por el presunto pago con dinero opaco de las obras de reforma de la sede ‘popular’, su presidente, Pablo Casado, impuso la ley del silencio en el seno de la formación respecto a los escándalos de corrupción que le salpican día sí, día no. El mutismo se mantiene hoy tras conocerse la sentencia que condena al extesorero del PP, Luis Bárcenas, a dos años de cárcel y a pagar 1.072.000 euros por esta causa, y al propio partido como responsable civil subsidiario por la ocultación de 123.669 euros por el Impuesto de Sociedades (IS) de 2007.

El 24 de mayo de 2018, la AN condenó al PP por lucrarse con la ‘trama Gürtel’, sentencia que fue ratificada por el Tribunal Supremo el 14 de octubre de 2020 y que provocó la moción de censura que puso fin a la trayectoria política de Mariano Rajoy y que aupó a Pedro Sánchez a La Moncloa. Se desconoce cuál puede ser el alcance de la resolución conocida hoy, pero el resto de partidos se han apresurado a poner en solfa el papel del PP como alternativa de gobierno.

La sentencia, de 454 páginas, considera probado que el PP contrató a Unifica en 2005 para la reforma de su sede, y que la gestión de las obras, que se ejecutaron entre ese año y 2010, fue asumida por Bárcenas. El entonces gerente del partido y el propietario de Unifica, Gonzalo Urquijo, acordaron que “una parte de los pagos serían abonados con los fondos B” que gestionaba Bárcenas, “pactándose la aplicación de un descuento por parte de Unifica de entre un 7% y un 8% del importe de los trabajos abonados, con el consiguiente ahorro para el PP y para Unifica en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”.

ATENUANTE DE CONFESIÓN

La Audiencia calcula que el importe total de las cantidades pagadas por Bárcenas al estudio de arquitectura al margen de la contabilidad oficial, y “no declarados a la Hacienda Pública”, ascendió a 1.072.000 euros. Aplica, eso sí, al exsenador la atenuante de confesión, al quedar acreditada su “colaboración real, activa y eficaz” para el esclarecimiento de los hechos y sus autores, si bien subraya que fueron los registros practicados en las sedes del PP y de Unifica los que arrojaron los datos decisivos para la investigación.

Respecto al PP, el tribunal aprecia su responsabilidad civil subsidiaria por los delitos cometidos por sus empleados en el desempeño de sus obligaciones. Explica que no consta que ejerciera un control adecuado sobre dicha gestión, ya que las medidas adoptadas por sus órganos directivos -de auditoría interna y otras- fueron a posteriori. Considera por ello al partido responsable de los 123.669 euros abonados a Unifica y que eludieron el Impuesto de Sociedades en 2007.

Tras analizar la doctrina del Supremo, los magistrados rechazan la legitimación de las acusaciones para ejercitar la acción penal en delitos fiscales en los que no hayan acusado ni la Fiscalía ni la Abogacía del Estado, por lo que descarta el delito fiscal relativo a 2008 y el delito de blanqueo vinculado al mismo. La Sala explica que las donaciones que recibía el PP se traspasaban a una cuenta oficial desde la que se atendían gastos de funcionamiento del partido y el pago de parte de las obras de Génova. Es decir, se destinaban al objeto y finalidad de la formación política, por lo que las considera rentas exentas de declaración en el IS de 2008.

PAPELES DE BÁRCENAS

En cuanto a los demás acusados, la AN condena a Gonzalo Urquijo y Belén García, los socios de Unifica, a dos años y nueve meses de prisión y a una multa de 2,6 millones de euros por un delito contra la Hacienda Pública relativo al IS de 2007, en concurso con un delito de falsedad en documento mercantil, librándoles del resto de acusaciones que pesaban sobre ellos. El tribunal ha decidido asimismo absolver a los otros dos acusados, el exgerente del PP Cristóbal Páez y la empleada de Unifica Laura Montero.

Una consecuencia añadida de la sentencia es que la Audiencia Nacional considera que algunos apuntes de los ‘papeles de Bárcenas’, en los que el extesorero anotaba de su puño y letra la contabilidad B del PP, sí que recogieron “acontecimientos que son reales o verosímiles en tanto han sido corroborados con otras pruebas”. Pese a recordar que, como documento contable carece de valor en su integridad, la conclusión del tribunal resulta relevante porque la autenticidad de estas anotaciones ha sido duramente cuestionada por algunas de las defensas, sobre todo la del PP, y ha sido objeto de debate durante el juicio.