bilbao - Las actuaciones de la Junta Electoral Central en las últimas semanas respecto a la inhabilitación de Quim Torra han resultado estar lejos de cualquier imparcialidad y fuera de su campo de actuación. Así lo reconoce incluso la Fiscalía del Tribunal Supremo, que en un informe dado a conocer ayer afirma que el órgano electoral no tenía competencia alguna para retirar la credencial de diputado al president de la Generalitat, ya que dicha prebenda corresponde únicamente al Parlament. Por ello, los fiscales respaldan la tesis de la defensa de Torra de que la decisión de la Junta del pasado 3 de enero quede en suspenso hasta que el Supremo resuelve sobre el fondo de la inhabilitación al jefe del Govern por el asunto de los lazos amarillos.

De esta forma, la Fiscalía del Alto Tribunal, en un texto de 21 páginas firmado por el fiscal Pedro Crespo, da la razón a los letrados del president y ve "asumible" su petición de que la inhabilitación de Torra como parlamentario quede en suspenso hasta que el Supremo se pronuncie definitivamente. Según argumenta Crespo, la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) "no atribuye ni reconoce en ningún momento a la Junta Electoral Central facultades o competencia alguna para: anular por su propia autoridad las credenciales de los diputados que ya están ejerciendo su mandato y declarar vacantes sus escaños".

Asimismo, la Fiscalía argumenta que entre las causas de incompatibilidad recogidas en la LOREG no se encuentra la aplicada por la JEC el pasado 3 de enero, que le declaró "inelegible" de forma sobrevenida en cumplimiento de la condena por desobediencia que le impuso el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) en diciembre. Para la Fiscalía, la inhabilitación por dicha causa correspondería al órgano "en el que ejerce su función de representación política el interesado", es decir al Parlament. Para más inri, el fiscal recuerda a la Junta Electoral que la "inegibilidad" como tal "no tiene sentido cuando el candidato ya ha sido elegido".

El texto del fiscal añade a todo ello que no hay precedentes de que la Junta Electoral Central haya decidido privar de su escaño a un parlamentario -ni autonómico ni estatal- que se hallase ya en el pleno ejercicio de sus funciones. Este aspecto ya había sido resaltado en el recurso de la defensa de Quim Torra.

El Ministerio Público emite este informe después de que la Sala del Supremo diera esta semana un plazo de cinco días a las partes para informar sobre si procede suspender de forma cautelar la decisión de la JEC o no.