gasteiz - Los doce condenados por el Tribunal Supremo tras el juicio al procés catalán podrán solicitar beneficios penitenciarios de forma inmediata, pues la resolución del Supremo rechaza la petición de la Fiscalía de aplicar el artículo 36.2 del Código Penal, que recoge el conocido como periodo de seguridad, en virtud del cual se impide acceder al tercer grado a los reos antes de que cumplan la mitad de su condena, si esta supera los cinco años. El Supremo considera que la inhabilitación a la que también han sido condenados los presos impediría que reincidieran en sus delitos y por eso entiende innecesario retrasar sus primeras salidas de prisión.

Así, las juntas de tratamiento de los centros penitenciarios pueden proponer desde ya la aplicación del tercer grado a los presos o beneficiarse del primer permiso una vez cumplida la cuarta parte de la condena, y los Servicios Penitenciarios dependientes de la Conselleria de Justicia de la Generalitat serán los responsables de dar el visto bueno a esas propuestas.

Cabe recordar que nueve de los procesados, con condenas de entre 9 y 13 años de cárcel, llevan dos años en prisión preventiva -desde el 16 de octubre de 2017 Jordi Sànchez y Jordi Cuixart y desde el 2 de noviembre de ese año los demás- que se descontarían automáticamente a la hora de acceder a beneficios penitenciarios. Así, Junqueras puede tener los primeros beneficios aproximadamente en enero de 2021; Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa, en noviembre de 2020; Carme Forcadell, en julio de 2020; Joaquim Forn y Josep Rull, en mayo de 2020; y Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, en enero de 2020.

Ante la posibilidad de que los reos accedan a beneficios en apenas unos pocos meses, pues el posicionamiento político de la Generalitat invita a pensar en resoluciones favorables a los condenados, la Fiscalía tiene la posibilidad de recurrirlos ante el juez de vigilancia penitenciaria o ante el propio TS, pero en ningún caso dicho recurso paralizaría la resolución y habría que esperar para ello a un nuevo pronunciamiento. Así ha ocurrido en el caso de Oriol Pujol y su cuestionado acceso al tercer grado.

Según explicaron a Europa Press diversas fuentes jurídicas y penitenciarias, los servicios penitenciarios no tienen limitación, más allá del régimen penitenciario y la ley orgánica a la que se someten, para aplicar diferentes posibilidades que hagan efectivo un régimen de semilibertad por la concesión del tercer grado, que va desde la salida de prisión durante el día a disponer de una pulsera telemática para cumplir la condena desde el propio domicilio.

Si se opta por la clasificación en tercer grado, que se puede conceder directamente, sin pasar antes por el segundo, el preso puede disponer de permisos un máximo de 48 días al año. Si la clasificación inicial es en segundo grado, esta cifra se reduce hasta los 36 días de máximo al año, repartidos en ambos casos en bloques que no pueden superar los siete días seguidos.

También existen posibilidades para flexibilizar la situación en prisión en aplicación de los artículos 100.2 (que mezcla ventajas del tercer grado aun estando clasificado en segundo grado) y 117, que fue el que se aplicó a Iñaki Urdangarin para abandonar dos veces a la semana la prisión en lo que se conoce como salidas tratamentales en ONG o centros adscritos.

Desde que la sentencia llega a las prisiones, las juntas de tratamiento deben proponer la clasificación de grado de los presos de forma individualizada, para lo que disponen de un plazo máximo de dos meses. Los exconsejeros del Govern de Carles Puigdemont Oriol Junqueras, Raül Romeva, Josep Rull, Jordi Turull y Joaquim Forn, y también los representantes de ANC y Òmnium Cultural, Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, están internos en Lledoners (Barcelona), mientras que la exconsellera de Trabajo Dolors Bassa se encuentra en la cárcel Puig de les Basses de Figueres (Girona), y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell en la de Mas d’Enric de El Catllar (Tarragona).

reacción de la fiscalía Ante la sentencia conocida ayer, la fiscal general del Estado, María José Segarra, aseguró que el Ministerio reclamó no poder aplicar beneficios penitenciarios antes del cumplimiento de la mitad de la pena porque así lo hace siempre en procedimientos en los que se piden más de cinco años de prisión.

En cualquier caso, la fiscal general manifestó su “absoluto convencimiento de que Instituciones Penitenciarias actuará de acuerdo a la legalidad y realizará las resoluciones individualizadamente” sobre cada uno de los condenados por el procés, y si la Fiscalía considera “no adecuado el régimen penitenciario propuesto, presentará los recursos oportunos al juez de vigilancia penitenciaria y al tribunal sentenciador, que tienen las facultades de supervisar las penas privativas de libertad”.

10-n La condena tuvo además como efecto inmediato que la Junta Electoral Central (JEC) confirmó la imposibilidad de que los seis candidatos de ERC y Junts que estaban procesados en la causa del proceso independentista puedan figurar en las listas electorales para los comicios del 10 de noviembre. Así lo resolvió el presidente de la JEC, el magistrado Antonio Jesús Fonseca-Herrero, ante una consulta planteada por la Junta Electoral Provincial de Barcelona, que ayer debía proclamar las candidaturas.

En concreto, ERC había presentado a Oriol Junqueras como cabeza de lista al Congreso por Barcelona y a Raül Romeva como candidato al Senado por la misma provincia. Por su parte, Junts situó a presos del procés como cabezas de lista al Congreso en las cuatro provincias: Jordi Sànchez por Barcelona, Jordi Turull por Lleida, Josep Rull por Tarragona y Joaquim Forn por Girona.