El largo culebrón judicial en el que se había convertido el caso de El Rosco de Pasapalabra ha escrito su último capítulo después de que el Tribunal Supremo haya confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que en 2022 obligaba a Antena 3 a dejar de emitir la prueba final del programa al considerar que se infringían los derechos de propiedad intelectual de la sociedad holandesa MC&F, a la que reconocía como titular de dichos derechos, y no a la productora británica ITV.

Aquella sentencia, ahora ratificada, revocaba la decisión previa de un juzgado mercantil que permitía a Antena 3 continuar emitiendo El Rosco al no verse acreditado que el formato debiera protegerse como obra original autónoma. El Supremo establece que la prueba es una obra protegida por la propiedad intelectual “al ser un formato televisivo desarrollado, estructurado y con suficiente complejidad, no una idea inicial o general”

Añadiendo otro giro al caso, tras conocerse la decisión del Supremo, se ha sabido que Mediaset tiene los derechos de El Rosco según un acuerdo de hace un año con MC&F supeditado a que el Tribunal resolviera el litigo con Atresmedia.

¿Cómo afectará al programa?

Así las cosas, con esta ratificación del alto tribunal, Antena 3 deberá dejar de reproducir “todo programa de televisión u obra audiovisual que contenga un juego” basado en ese formato” y deberá retirar y destruir, en su caso, todas las grabaciones que incluyan el juego.

El tribunal también condena a Atresmedia a indemnizar a MC&F por los daños y perjuicios materiales causados desde la fecha de notificación de la sentencia, 2022, con una cantidad pendiente de ser fijada. Lo que sí fija es una indemnización de 50.000 euros por daños y perjuicios morales si es que la cadena continuara la emisión del programa una vez notificada la sentencia.

Antena 3, por su parte, ha anunciado que seguirá emitiendo Pasapalabra al considerar que la resolución del Supremo solamente afecta a la prueba final del programa y no al formato en su totalidad. En la cadena de Atresmedia se está estudiando con detenimiento todo lo establecido en esta sentencia final ya que también se reconoce que la empresa no actuó de mala fe al seguir emitiendo El Rosco ya que consideró que si ITV le había vendido los derechos del concurso al completo, esto incluía la prueba final. 

Un litigio de años atrás

El caso se remonta en el tiempo a cuando la primera pugna por El Rosco enfrentó a Telecinco con la productora británica ITV. También entonces intervino el Supremo, que en octubre de 2019 confirmó que Mediaset había vulnerado los derechos de ITV sobre el formato y el título del programa y estableció la obligación, como ahora, de suspender su emisión y de indemnizar a la productora.

Tras aquella primera decisión, un juzgado cuantificó en más de 45 millones de euros la cantidad que Mediaset debía entregar a la productora británica por las ganancias que el grupo audiovisual hubiera obtenido en concepto de ingresos publicitarios o merchandising relacionados con el juego.

Hace un par de años, en 2024, el caso volvió al Supremo, que anuló una segunda indemnización que se solicitaba al considerar que el daño ya se resarcía con lo establecido en la primera sentencia.

Aquella decisión cerró una primera parte del caso en los juzgados. Aunque fue por poco tiempo, ya que con la cesión de los derechos del programa por parte de ITV a Atresmedia, fue la sociedad holandesa MC&F la que abrió otro frente judicial. El que precisamente ahora ha concluido con la última decisión del Supremo.