El jurado popular del crimen de la localidad cántabra de Castro Urdiales ha declarado culpable a Carmen Merino de acabar en febrero de 2019 con la vida de su pareja, Jesús María Baranda, con intención de "aprovecharse económicamente" tras haber sido nombrada heredera universal por este en su testamento.

Con ocho votos a favor y uno en contra, ha considerado probado que Carmen Merino, que lleva en prisión provisional tres años por estos hechos, y para la que el fiscal y la acusación particular han rebajado sus peticiones de pena de 25 a 15 años de cárcel, mató a la víctima, aunque no queda acreditado que usara altas dosis de diazepam para hacerlo.

Una vez emitido el veredicto del jurado -compuesto de un total de 13 puntos-, Merino será condenada por un delito de homicidio con agravante de parentesco. Este ilícito puede llevar penas de entre 12 años y medio y 15 años, de manera que la Fiscalía y la acusación particular han solicitado la condena máxima y la defensa la mínima.

Así lo ha decidido, tras casi diez horas de deliberación y dos semanas de vista oral, el jurado popular que se constituyó el pasado 4 de noviembre en la Audiencia de Cantabria para juzgar a esta sevillana de 64 años por la muerte de ese vizcaíno de 67, del que sólo se encontró el cráneo en septiembre de 2019 tras más de seis meses de desaparición.

Los jurados se habían detenido en la pregunta número dos de las trece en total del documento, en la que se les cuestiona si la acusada, Carmen Merino, "causó intencionadamente la muerte" de su pareja, Jesús María Baranda.

En este punto les surgió la incertidumbre y habían pedido a la Sala cambiar "causó" por "participó" en la muerte, pero ante la relevancia de la cuestión el magistrado les ha citado para que comprendan las diferencias entre un autor de un delito y un cómplice.

La respuesta a esta definición cobra especial relevancia después de que ayer, tras dos semanas de juicio, la defensa introdujera una posible nueva versión de los hechos. El letrado de Merino mantuvo que su patrocinada "no causó" la muerte de su novio pero, como cuestión subsidiaria por si el jurado no optaba por la libre absolución que él solicita, planteó que podría haber encubierto al verdadero asesino.

Así, el magistrado ha dado permiso al jurado ante la petición de utilizar el término de "participar" en el crimen, pero siempre y cuando dejen claro si consideran que la acusada participó como autora o como cómplice. Como él mismo ha señalado, les ha citado en audiencia pública para "dejar bien claro" este asunto, que considera "importante".

En este sentido, les ha explicado que hay distintos tipos de autores en los delitos, como los directos, coautores o cooperadores necesarios, pero "a todos se les castiga por igual", mientras que a los encubridores o los cómplices se les impone una pena inferior.

Los primeros son los que prestan "una ayuda insustituible" para cometer el delito", mientras los segundos prestan una ayuda "últil, pero periférica", ha explicado Agustín Alonso.

Los jurados se han reunido para deliberar a las 9.30 y han recibido esta explicación cerca de las 19.00 horas, tras lo que han vuelto a retirarse para continuar dando respuesta al objeto del veredicto. Dado que no cuentan con límite de tiempo, si a las 21.00 horas aún no hay veredicto se valorará si los jurados continúan deliberando o lo aplazan a mañana sábado, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC).

El cuestionario del veredicto incluye 13 preguntas para determinar si la acusada, para la que la Fiscalía pide 25 años de cárcel y la acusación particular -ejercida por los hijos del fallecido- prisión permanente revisable, es culpable o inocente, y si lo es de asesinato o de homicidio.