La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana ha pedido a la Conselleria de Emergencias que, en el plazo de tres días, entregue la copia íntegra de las grabaciones de las cámaras situadas en los pasillos del edificio del Cecopi, para certificar las entradas y salidas de la sala en la que se celebró la reunión del 29 de octubre de 2024, desde las 15.00 horas hasta las 23.59.
Asimismo, ha acordado recabar de Les Corts que, "a la mayor brevedad", remitan las respuestas emitidas por el coordinador de prevención de Emergencias, que declaró como testigo, sobre la conservación de las imágenes de la llegada de las autoridades al Cecopi el 29O.
La jueza justifica su decisión en que, en el proceso de toma de decisiones durante la emergencia, cobra especial importancia determinar tanto las personas que acudieron al Centro de Coordinación de Emergencias de l'Eliana como quienes integraron el Cecopi. Señala que su conformación "no se produjo de manera conjunta", sino de forma progresiva a lo largo de la tarde y noche del 29 de octubre de 2024.
Por ello, considera "pertinente" unir las grabaciones a la causa, cuyo mantenimiento solo puede estimarse por la relevancia de lo sucedido aquel día y su posible repercusión penal, atendiendo a la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos.
EDIFICIO PÚBLICO Y AUTORIDADES
La jueza subraya que la investigación de los 230 fallecimientos y los lesionados "justifica plenamente" esta prueba, y recuerda que quienes estaban en el edificio conocían que podían ser grabados: se trata de un edificio público, donde aparecen autoridades y funcionarios en el desempeño de su labor, por lo que no se invade su intimidad.
Sin embargo, rechaza la petición de que el testigo identifique a los integrantes de la reunión porque manifestó que no podía identificar a cada persona. En el procedimiento ya se ha identificado a quienes acudieron y se ha tomado declaración a un gran número de ellos.
Respecto a la sala gris, señala que ya existe un informe previo de la Guardia Civil, por lo que no es necesaria esa prueba.
Por otra parte, tampoco considera relevante conocer el momento exacto en que fue movilizado el camión del Puesto de Mando Avanzado, puesto que desde allí "ya no se pudieron adoptar medidas de autoprotección previas a los desbordamientos" y situaría la investigación en un momento posterior, alejado del núcleo del caso: las posibles negligencias de las autoridades.
EMBAJADA DE JAPÓN
La jueza también rechaza pedir a la Embajada de Japón en el Estado la traducción de los correos consulares enviados el 28 y 30 de octubre de 2024, así como información sobre sus fuentes. Indica que se trata de una legación diplomática que conocía y adoptó medidas de protección para sus nacionales.
Recuerda además que la dana no fue un fenómeno imprevisto: la Universitat de València y otros entes públicos adoptaron medidas, incluida la suspensión de clases, lo cual era un indicio claro de la gravedad de la situación. Estas decisiones, ampliamente difundidas, no podían ser desconocidas por la Conselleria de Interior y debieron servir de alerta para adoptar medidas de prevención.