La exjefa de ETA Iratxe Sorzábal ha guardado silencio este lunes ante el juez de la Audiencia Nacional que le ha comunicado formalmente su procesamiento por el asesinato del mando de la Ertzaintza Montxo Doral el 4 de marzo de 1996 en Irun.

La Audiencia Nacional ordenó el pasado mes de enero al juez Ismael Moreno reabrir este procedimiento a petición de la Asociación de Víctimas de Terrorismo (AVT), que consideró que hay "indicios racionales de criminalidad" contra Sorzábal, especialmente el documento de autocrítica (conocido como cantada) que realizó tras su detención.

El magistrado, en atención a lo dictado por la Sala, propuso juzgar a Sorzábal por delitos de pertenencia a banda armada, asesinato terrorista y estragos, y la emplazó este lunes en una declaración indagatoria para comunicarle formalmente su procesamiento.

La exjefa de ETA ha comparecido por videoconferencia desde la cárcel de Araba donde cumple condena y, además de negarse a declarar, ha invocado el principio de especialidad (no haber sido entregada al Estado español para ser enjuiciada por este atentado), según informan a EFE fuentes jurídicas.

La Audiencia Nacional ordenó su procesamiento a petición de la AVT al estimar que la "cantada" (notas en las que los etarras detenidos informaban a la dirección de lo que habían declarado a las fuerzas policiales) aporta "indicios racionales suficientes" de su participación en el asesinato.

Ramón Doral, suboficial de la unidad de la Ertzaintza que investigaba los delitos por terrorismo, fue asesinado con una bomba lapa el 4 marzo de 1996 en Irun en un atentado que los investigadores atribuyen al 'Comando Ibarla' de ETA, que dirigía Sorzábal.

La "cantada" que ha permitido reabrir el caso contra Sorzábal fue encontrada por la policía francesa en un zulo en Castres seis años después del atentado, en 2002, y en ella la exjefa de ETA escribió: "En marzo colocamos una lapa bajo el coche del zipayo Montxo Doral. Nosotros no confeccionamos la lapa, venía hecha. Markos (en referencia a Marcos Sagarzazu) y Xabi (en referencia a Francisco Javier Irastorza)".

Ese documento no se tuvo en cuenta en el juicio porque Sorzábal negó esas palabras y dijo haber declarado bajo tortura.

Frente al criterio del juez, que decretó la conclusión del sumario el año pasado, y de la Fiscalía, que solicitó el archivo al considerar que no había suficientes indicios que permitiesen dirigir la acusación, la Audiencia Nacional dio la razón a la AVT y se basó en una sentencia que condenó a Sorzábal en 2022 para instar a su procesamiento.

Una de las principales pruebas de cargo en dicha sentencia, que la condenó por un doble atentado en Gijón contra una farmacia y el Palacio de Justicia en 1996, fue la "cantada" de Sorzábal, a la que el tribunal dio "validez probatoria".

La Audiencia Nacional no entró a valorar esa autocrítica de Sorzábal, pero sí estimó que deben ser los magistrados que la juzguen por el atentado a Doral quienes la analicen "en relación con otros elementos probatorios".

La AVT ya alegó la importancia de ese documento cuando solicitó la revocación de la conclusión del sumario en 2016 con unos argumentos que "siguen siendo pertinentes" ahora; unas manifestaciones que fueron "ampliamente" analizadas por un informe de la Ertzaintza que permitió la reapertura del caso en 2022.