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Estrasburgo condena por segunda vez a España por no investigar torturas

Sentencia que el juez instructor de la Audiencia Nacional actuó con pasividad

Estrasburgo condena por segunda vez a España por no investigar torturasFoto: ZIGOR ALKORTA

Por segunda vez en seis meses, el Tribunal de Derechos Humanos de Estrasburgo dejó ayer en evidencia a los jueces de la Audiencia Nacional al condenar al Estado español a indemnizar con 23.000 euros al joven de Hernani Aritz Beristain Ukar por no investigar sus denuncias de torturas. La corte entiende que no hubo una investigación ni "suficientemente profunda" ni "efectiva" por parte del juez instructor del caso y que, por tanto, desde el punto de vista procedimental hubo una violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos que prohíbe la tortura.

Beristain fue detenido por la Guardia civil el 5 de septiembre de 2002 y acusado de actos de kale borroka. Incomunicado durante cinco días, primero en las dependencias de la Guardia Civil en Donostia y trasladado después a Madrid denunció haber sido objeto de torturas y malos tratos por parte de las fuerzas de seguridad del Estado durante su traslado a la capital española y durante el tiempo que le mantuvieron incomunicado. Según consta en la sentencia, Beristain denunció haber sufrido golpes con pistola en la cabeza, amenazas contra su familia, sesiones de asfixia con una bolsa de plástico en la cabeza e incluso vejaciones sexuales y humillaciones con la introducción de un objeto en el ano así como amenazas de muerte.

Durante los cinco días que permaneció en régimen de incomunicación fue examinado hasta en cinco ocasiones por un médico forense aunque solo en el primero de ellos se le detectó una herida de 1,5 centímetros en el lado derecho de la cara. La conclusión que sacan los jueces de Estrasburgo es que el responsable de instruir la causa en la Audiencia nacional actuó con pasividad y no investigó las alegaciones de Beristain de forma profunda y efectiva. Además, advierten que pese a la gravedad de las denuncias el expediente del juez de instrucción se basa en solo tres de los cinco informes médico-legales sin ni siquiera haber escuchado a Aritz Beristain ni ordenar ningún examen médico-forense.

PRECEDENTES Y PENDIENTES La Corte considera que cuando un individuo afirma de manera justificable haber sufrido, a manos de la policía o de otros servicios comparables del Estado, graves malos tratos contrarios al artículo 3 es necesario que haya "una investigación oficial efectiva que permita identificar y castigar a los responsables", advierten los jueces que alertan también de una posible impunidad de los agentes de no poner en marcha investigaciones para esclarecer supuestas prácticas de este tipo. En todo caso, el Tribunal no entra a valorar la existencia en sí de torturas. Admite las dificultades que hay para probar este tipo de acusaciones y presentar pruebas, pero ante la ausencia de ellas concluye que con los elementos de que disponen no puede establecer más allá de toda duda razonable que Aritz Beristain Ukar fue objeto de malos tratos.

El pasado 28 de septiembre ya hubo una sentencia casi idéntica en relación con otro preso de ETA, Mikel San Argimiro. También denunció haber sufrido malos tratos a manos de la Guardia Civil durante el periodo que estuvo bajo el régimen de incomunicación y como a él los jueces de Estrasburgo le dieron la razón. Ahora el Estado español deberá abonar la misma cantidad: 20.000 euros en concepto de daños morales y 3.000 para las costas del procedimiento.

Todavía quedan varios casos pendientes más sobre acusaciones de tortura, el del joven de Gasteiz Unai Romano, y el del director de Egunkaria, Martxelo Otamendi.