C UARENTA años de democracia -a la española- no han conducido a concretar una cultura política capaz de distinguir entre ley y democracia. La entrevista a Patxi López en ETB durante las últimas elecciones recordaba al chiste sobre una publicación de la que se decía que estaba hecha: “Por los que no saben escribir para los que no saben leer”. Así, una mediocre clase política y mediática -salbuespenak salbuespen- incapaz de transmitir conocimiento se dedica a procurar confusión entreteniendo. Porque, como resulta evidente, las formas de democracia son muy variadas, no existe una definición ni un tipo único, y equiparar ley con democracia, y así igualar lo que es legal con lo que es democrático, es una jaimitada. Ley y democracia son categorías diferentes. Grosso modo, la ley es una norma de origen parlamentario y la democracia equivale al gobierno de la mayoría. Pero la mayoría está sujeta en su configuración y en su legislación a determinados principios y límites, como el respeto a la voluntad electoral, los derechos fundamentales o la separación de poderes. Si la mayoría establece leyes o tribunales que no respetan a las minorías o la independencia de otros poderes, su gobierno no puede calificarse de democrático sino más bien de despótico.

La relación entre ley y democracia no es un asunto científico. Tanto en el marco estatal como en el internacional se trata más bien de una relación político-militar y así, si atendemos al origen de la legalidad española en Euskadi o Catalunya, su fundamento está en la conquista, es decir en la fuerza y la violencia. En Euskadi y Catalunya, la ley española se cumple por la amenaza de la fuerza y porque la ocupación y colonización se blanquean democráticamente, considerando a Euskadi y Catalunya como Comunidades Autónomas españolas. Pero basta hacer memoria para recordar que las soberanías vasco-navarra y catalana fueron arrebatadas violentamente por Castilla y que ni la conquista de Navarra en 1512, ni los Decretos de Nueva Planta que acabaron con el autogobierno catalán en 1714, ni la abolición foral durante el siglo XIX se hicieron por voluntad de las respectivas Cortes, Juntas o Diputaciones Forales. En la Euskal Herria peninsular y en el Principado, la legalidad española es consecuencia de la violencia, transmutada contemporáneamente en constitución democrática. Los intentos de someter a referéndum, es decir a la voluntad democrática de la población vasca y catalana, su estatus político y su relación con el proyecto de la nación española, han sido siempre rechazados por la legalidad española, salvo para justificar su dominio. Pero en Euskadi y Catalunya los partidos de la nación española son minoritarios, tanto en los parlamentos autonómicos como en la mayoría de ayuntamientos, donde son mayoritarios los partidos soberanistas vascos y catalanes. La legitimación estatutaria no es suficiente. Estar sujetos a la legalidad española y a su unidad sin expreso consentimiento hace de Euskadi y Catalunya países ocupados y colonizados y del derecho a decidir, un horizonte democrático irrenunciable. Pretender en ese contexto que respetar la legalidad española equivale a respetar la democracia es una falacia, además de un sofisma supremacista.

Para la mayoría de los estados europeos, que son consecuencia de conquistas militares o de herencias matrimoniales, la relación entre nación y estado también es muy vidriosa. Las naciones con estado no quieren recordar sus antecedentes, ajenos en su constitución a la voluntad de sus poblaciones, y no están dispuestos a someter la libre adhesión a una votación democrática. Son estados que mayormente representan a naciones imperialistas que imponen su voluntad sobre otras naciones colonizadas y minorizadas. Aunque Irlanda sea el ejemplo clásico, en Europa occidental casi todos los estados son consecuencia de conquistas y colonizaciones. Antes de la colonización de Irlanda por Inglaterra, Castilla-España había colonizado Andalucía, Canarias o Murcia. Como también la monarquía francesa de la Ile de France impuso paulatinamente su dominio en el Hexágono, Prusia sobre buena parte de Alemania, o Saboya en lo que ahora se denomina Italia. Así, mientras algunas naciones han sido capaces de constituir un estado, los territorios y poblaciones sometidos a un orden ajeno, cuyo grado de autonomía es débil en el contexto interestatal e internacional se asemejan a colonias. Muchas de las naciones colonizadas han perdido su lengua y sus instituciones, incluso hasta el relato de su memoria. Otras aún resisten la colonización. Están repartidas por todo el Planeta y no sólo, como pretenden algunos colonizadores, concentradas en lo que despectivamente denominan el tercer mundo.

La obligación de hacer del castellano la única lengua oficial de las Juntas forales es un hecho colonizador impuesto desde el XIV, al que se suma, en la alborada de la Ilustración y la eclosión del estado nacional castellano-español, la prohibición en la esfera pública del catalán y el “vascuence” dictada en el siglo XVIII por Carlos III. Las prohibiciones lingüísticas e institucionales sobre Euskal Herria y Catalunya, nunca a la inversa, se prolongan durante las dictaduras españolas del XIX y el XX, ecos que alcanzan hasta el presente siglo XXI. El nacionalismo español no es un nacionalismo defensivo como el vasco o el catalán, sino imperialista. Hoy se expresa -besteak beste- mediante la negación a reconocer la plurinacionalidad del estado, la prohibición de hablar en otras lenguas en el Congreso, la amenaza del 155 o de ilegalizar a los partidos soberanistas. No hace falta mucha fantasía para imaginar que, existiendo como existe una ley de partidos políticos, cuya interpretación depende de un tribunal cuya composición depende de algunos partidos políticos, podría suceder que se interpretara la ley de partidos conforme a los intereses de aquellos partidos que promovieron esos nombramientos y así, siguiendo con la fábula, podría suceder, en un contexto más represivo, que algunos partidos fueran ilegalizados “conforme a la ley y la constitución”. Y, podría suceder, que, en Europa, tanto en la Unión Europea y en su Tribunal de Luxemburgo, como en el Consejo de Europa y su Tribunal de Estrasburgo, se interpretara que se trata de cuestiones internas de un estado miembro relativas a “su ordenamiento nacional”. Y, que, en consecuencia, los partidos mayoritarios en Euskadi y Catalunya pudieran ser ilegalizados conforme a la ley.

Esa ficción ya ha sucedido en Turquía, donde unos tribunales, conforme a la ley turca, decidieron que los partidos kurdos, porque atentaban contra la unidad de la nación, fueran ilegales. A pesar de todo eso, Turquía sigue siendo miembro del Consejo de Europa, y cuenta con importantes ayudas de la UE. Sin duda, la jurisdicción supraestatal, tras la Segunda Guerra Mundial ha sido muy valiosa, pero, como tantos otros recursos asociados a las libertades y los derechos fundamentales, están siendo jibarizados por un nuevo orden neoliberal. Muchos de los estados europeos tienen mala conciencia sobre sus configuraciones autoritarias, y el ejemplo catalán de intentar una liberación democrática les aterra. Otros estados no quieren saber nada de movimientos capaces de animar a la sociedad civil. Pero la cuestión vasca, como la catalana, la escocesa o la kurda, ponen de manifiesto otra voluntad, la de avanzar hacia una globalidad democrática.

* Profesor Derecho Constitucional y Europeo UPV/EHU