Encarcelamiento, ‘violencia’ y juez natural
MÁS allá de las cuestiones procesales, hay un elemento de derecho penal substantivo que es, a mi entender, la clave por encima de todo: falta la violencia. Sin violencia, los cargos penales más graves decaen y hace agua todo el planteamiento de pretender que se han cometido delitos como la rebelión o la sedición que pueden llegar a ser castigados con penas que superan las que se impondrían, por ejemplo, por cometer un homicidio. Dicho de otra manera. Los comportamientos incluso ilegales, si son el resultado de una convicción política que se despliega en forma de desobediencia y resistencia pasiva, pacífica, no pueden -en una democracia sana- elevarse a la categoría de delito penal de tal gravedad.
¿Y cómo argumentan la Fiscalía General del Estado o la juez de instrucción esa violencia? Recurriendo a formas argumentales que ya se usaban y de las que se abusó en lo que se venía conociendo como el “todo es ETA”.
Realizan una lectura de los hechos que los fuerza y atormenta a la búsqueda de que quienes los impulsen queden contaminados por cualquier episodio de violencia que se imputa de forma colectiva -no individualizada- sin más sostén que la presunción contra reo de quien formula la acusación. Se afirma así que el gobierno de Catalunya impulsó una estrategia independentista al margen de la ley y de las decisiones de los tribunales y que, para ello, se realiza una división y distribución de funciones. Querían la independencia y a partir de ahí todos los que actúan de una manera u otra a su favor, sea dentro del gobierno o fuera, son actores de la estrategia hasta el punto de presumir que quienes la impulsan quieren -dolosamente- todo lo que ha ocurrido.
El pegamento de la fiscalía La estrategia, el plan, es el pegamento que todo lo une y que funciona como correa de transmisión de responsabilidades. Si varios vehículos de la Guardia Civil fueron dañados por los manifestantes delante del edificio de la Hacienda en Barcelona, como ello es parte de la movilización de la ANC y de Òmnium Cultural, y estos son instrumentos operativos de la estrategia independentista, por arte de magia, los consejeros del Govern -también los Jordis- son responsables. Y quién sabe quién más en futuras actuaciones judiciales. Sin siquiera saberlo ellos planifican -del futuro hacia el pasado y no al revés- y se convierten en los máximos responsables de una estrategia que queda contaminada por la violencia ni buscada, ni planificada, ni generalizada, ni, al parecer, necesitada de prueba.
Desde luego que hay una estrategia y fines políticos que colorean -y unifican- la actuación del gobierno catalán y las ramificaciones civiles y sociales correspondientes. Pero no es parte de dicha estrategia la violencia que es forzada a entrar en los hechos por una mirada jurídica que atormenta las categorías de participación criminal hasta un extremo que las hace desaparecer. Uno podría decir: para este viaje no hace falta ni enseñar derecho penal en las facultades. Basta con saber leer bien los hechos para encontrar culpables por ósmosis, por contaminación de pensamiento político disidente.
Pero la fiscalía en su querella va incluso más allá. Los Mossos d’Esquadra se convertían casi en una suerte de aparato de violencia al servicio de la estrategia: las órdenes que se libran dentro de un gobierno legítimo actuando según un determinado impulso político se convierten en violencia criminal, sin más. Cabría preguntar: ¿son los Mossos, en general, parte de una organización criminal que actúa funcionalmente al servicio de la estrategia?
Las preguntas son retóricas. Incluso voluntariamente excesivas. Y es que persiguen dejar claro que forzar los hechos y convertir el procés en una suerte de delito de criminalidad organizada es un desatino y un atentado a la inteligencia -jurídica o de cualquier otro tipo- y un atentado, desde luego, al sentido común. El mejor Derecho -porque hay muchos tipos de derechos- debe servir para solucionar problemas. No para enconarlos.
¿Sería lo mismo? Una última reflexión. Hagamos, por un momento, política ficción. Imaginemos que Catalunya tuviera un poder judicial diferente, autonómico, fruto de una descentralización real del mismo. Imaginemos que el poder institucional de Catalunya tuviera competencia incluso para conformar la judicatura y la fiscalía y no a modo de la cuota correspondiente de los cuerpos nacionales únicos hoy existentes. Habría probablemente más jueces de Catalunya, de todas las ideologías, supongo. También fiscales. E imaginemos que se juzgan los hechos en Catalunya. Una querella de la fiscalía de Catalunya según esa estructura organizativa o una decisión de un juez de instrucción en tal esquema ¿hubieran sido las mismas? ¿Los juristas de Madrid o de Barcelona verían las cosas igual?
Creo que los jueces y fiscales de Catalunya, según un modelo organizativo más próximo al lugar en donde se desarrollan los hechos a ser enjuiciados. tendrían tendencial y estructuralmente una mirada diferente. Leerían probablemente los hechos con los matices, la cercanía, y la garantía del juez natural. Y eso sería tan justicia y tan imperio de la ley como cualquiera otros ¿no? Pero la otra justicia por control remoto desde Madrid, con una unanimidad total en la lectura fáctica, se impone envenenando, quizás sin retorno, la convivencia. Y ello porque la sospecha de parcialidad es tan abrumadora que solo los convencidos verán en ello el ejercicio normal, sin tacha, de la administración de justicia.