LA pluralidad es el signo de los tiempos modernos y constituye a la vez la base real objetiva de la convivencia y de la democracia en las sociedades desarrolladas. La pluralidad democrática consiste en la constatación, aceptación y valoración positiva de las diferencias identitarias no sólo de las personas individuales sino también de las identidades colectivas diferenciadas inherentes a la propia sociedad moderna. Son tales identidades colectivas la característica esencial de la modernidad.
Las identidades sociales colectivas se conforman como estructuras intra-sociales permanentes en el tiempo y transpersonales, basadas en afinidades de referencia y adscripción personal de diversas índoles: ideológica, religiosa, nacional, cultural, de actitudes, de aficiones, etc. La diferencia entre las dinámicas sociedades modernas y las estáticas sociedades antiguas está en que la persona individual no se halla inexorablemente adscrita a una identidad colectiva, por vínculos de sangre, raza o estirpe, sino que puede adscribirse por el dictado de su voluntad.
Por otro lado, en las sociedades modernas la evolución y diversificación de las identidades colectivas se desarrolla por dialécticas de colaboración, y confrontación que originan virtualidades contrapuestas y en ocasiones antagónicas. De cualquier modo, tratar de contraponer pluralidad e identidades es en realidad un contrasentido y un absurdo, aunque se haya convertido últimamente en un lugar común. Hay pluralidad en una sociedad si existen identidades diferenciadas, que conviven en recíproca dialéctica.
La transversalidad política es la expresión de relaciones de colaboración entre identidades colectivas diferenciadas, inherentes a una sociedad moderna, plural y democrática. La transversalidad se basa por lo tanto en el reconocimiento de la diferencia. La transversalidad política a su vez hace referencia a la articulación de nexos sociales y pautas de actuación en común de diferentes identidades colectivas. Se trata sin duda de un hecho de enorme trascendencia en la evolución de las sociedades modernas en su condición de naciones y pueblos.
También es cierto que el concepto de transversalidad política es groseramente manipulado, tratando de contraponerlo al concepto de identidades colectivas. Sin embargo, lo cierto es que la transversalidad constituye la aceptación y recíproco reconocimiento de la identidades colectivas diferenciadas, que conforman la pluralidad.
Transversalidad política e identidades colectivas diferenciadas son, por tanto, conceptos complementarios. Precisamente las identidades colectivas tanto con respecto a las diferentes opciones nacionales, como con respecto a las opciones ideológicas, culturales o cualquier otra, constituyen y son los necesarios sujetos sociales de la transversalidad. No hay transversalidad sin identidades colectivas establemente estructuradas y a las cuales se adscriben voluntariamente los ciudadanos/as.
La aberración ideológica de contraponer transversalidades e identidades colectivas se ve disfrazada, a veces, con falsarios ropajes éticos y otras veces con referencia también falsaria a la pluralidad social. Lo cierto es que transversalidad e identidades colectivas diferenciadas son conceptos correlativos.
De la transversalidad política se deriva como consecuencia necesaria, en términos democráticos, la autodeterminación. La articulación de la colaboración entre identidades colectiva diferenciadas requiere como recurso último el derecho a decidir. La interpretación dinámica del concepto de transversalidad política precisa un arbitraje supremo como esencia máxima de convivencia y colaboración, que no puede ser otro que el derecho de autodeterminación o derecho a decidir.
La autodeterminación es el derecho humano individual y colectivo en virtud del cual se han construido no sólo los mapas de la Europa actual sino también las relaciones entre las diferentes entidades colectivas inherentes a una sociedad moderna. La autodeterminación es a la vez la única interpretación democrática de los derechos históricos y el cauce de colaboración entre identidades colectivas diferenciadas que se reconocen recíprocamente. ¿Cómo es posible entonces que siga siendo un enredo ideológico habitual el de querer circunscribir la autodeterminación a los episodios de descolonización? ¿Es que los ciudadanos y ciudadanas de las colonias y las identidades colectivas de los países dominados ostentaban unos derechos que los ciudadanos-as actuales no tenemos?
Los derechos históricos o Fueros de Euskal Herria constituyen además de la lengua y la cultura vasca nuestro signo emblemático permanente de nación. La opción personal y colectiva que se evidencia y dimana de dichas señas de identidad permanentes en el tiempo y transpersonales solamente puede ejercitarse mediante el derecho a decidir o autodeterminación.
La ideología abertzale necesita recuperar nuevos espacios y reflexiones y uno de ellos es la transversalidad entendida como valor y referencia máxima de convivencia y colaboración entre identidades colectivas diferentes dentro de una sociedad moderna y por lo tanto plural. La autodeterminación se enmarca así como una referencia moderna y recurso último de la convivencia y colaboración entre diferentes.
Una segunda reflexión es el mensaje de que los ciudadanos-as no independentistas deben considerar sus derechos y libertades políticas tan absolutamente garantizados en la hipótesis de la independencia como los ciudadanos/a independentistas deben poderlos ejercitar en la hipótesis y estadio de la no independencia. A favor del derecho a decidir deben estar todos los demócratas sean independentistas o no independentistas.
El frentismo no es lo contrario al independentismo sino que es la antítesis de la transversalidad. Los abertzales debemos saber que la transversalidad es el foro en que se juega la apuesta de la autodeterminación y la autodeterminación en la plaza de los desafíos de la libertad.