Cada vez es más literal que la sentencia pone fin al juicio o, mejor, que la cordura se termina con el veredicto. Quizá porque la sensatez no es testigo del litigio. ¿Pruebas? De cargo. Un ejemplo. La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, presidida por María Jesús Azcona Labiano, ha dictaminado esta semana que el Ayuntamiento de Atarrabia debe borrar del frontón el escudo de Euskal Herria que engloba los siete herrialdes pese a la mayoritaria opinión vecinal, cercana a lo que el propio tribunal, en su sentencia, considera “la legítima aspiración de conformar una realidad jurídico política hoy inexistente y de la que sean parte esos siete territorios”. Pues bien, se apoya el tribunal en que “el escudo, como símbolo, supone el envío de un mensaje visual al receptor cargado de significados” y es “un posicionamiento en favor de determinada posición política que supone la vulneración del deber de neutralidad política que resulta exigible a los poderes públicos”. Pero basados en ese razonamiento de la neutralidad exigible a los poderes públicos y del “efecto visual identificador y de convencimiento o proselitismo” del mensaje, del escudo, la interpretación del TSJN debería ser aplicada a todo símbolo, incluidos los constitucionales. Lo que permite concluir que hubo suerte de que los magistrados no recordaran a McLuhan y su “el medio es el mensaje”. Si lo llegan a hacer, el TSJN ordena derruir el frontón.