Si eres conductor lo principal es que conozcas las normas de tráfico al pie de la letra, pero si ya es demasiado tarde y has cometido una infracción, estas las respuestas a las principales preguntas que te rondan la cabeza.

- ¿Qué pasa cuando cometo una infracción de tráfico?

Lo principal es que mantengas la calma. Te notificarán la denuncia por dos vías posibles: la primera de todas es la entrega en mano por el agente de Policía. En ese mismo instante se entiende notificada la denuncia, comenzando desde ese momento a contar los plazos para pagar la sanción.

Si la denuncia no se entrega en mano por el agente el día de la infracción, te llegará vía correo certificado al domicilio que figura en el Registro de la DGT, salvo que el denunciado haya indicado un domicilio expreso para el procedimiento, o tenga asignada una Dirección Electrónica Vial.

Una vez que se ha impuesto una sanción, además de ser notificada en el domicilio del interesado se publicará en el TESTRA (Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico). La creación del TESTRA se debe a que las multas de tráfico dejaron de ser publicadas en el BOE desde el 25 de abril del 2012.

- ¿Cuál es la fecha límite para pagar la multa con el descuento del 50%?

Si optas por el pronto pago, puedes realizarlo en el plazo de 20 días naturales, contados desde el día siguiente en que recibiste la multa o bien desde que se publicó la denuncia en el TESTRA. Transcurrido ese plazo, se pierde la posibilidad de pagar con descuento.

- ¿Qué puedo hacer si no estoy conforme con la sanción?

Si no deseas pagar, puedes alegar en el plazo de 20 días naturales desde que se te notificó la denuncia. Si se estiman tus alegaciones, la denuncia se anula y finaliza el procedimiento mediante la notificación de la resolución. Si se desestiman las alegaciones, recibirás la resolución sancionadora con el importe a pagar de la sanción y con la detracción de puntos correspondiente.

- ¿Y si no era yo el que conducía el vehículo?

En ese caso tendrás que facilitar la identidad de la persona que conducía el vehículo en el momento de cometerse la infracción, con su DNI, nombre, dos apellidos y su domicilio completo en el plazo de 20 días naturales desde la recepción de la multa.

- ¿Puedo librarme de pagar una multa?

A veces los plazos no se cumplen y puede que la multa prescriba y te libres de pagarla. Cuando te llegue la multa, lo primero que tienes que saber es qué tipo de sanción es, ya que sus periodos de prescripción son distintos.

Sanción leve: prescribe a los 3 meses

Sanción grave: prescribe a los 6 meses

Sanción muy grave: prescribe también a los 6 meses.

La prescripción implica directamente la nulidad de la sanción. O lo que es lo mismo, no tienes que pagar. Pero esa prescripción se interrumpe y empieza a contar desde cero cuando hay cualquier actuación por parte de la administración de la que tenga constancia el interesado.

- ¿Caducan las multas?

Sí, caducan en el plazo de un año, que es el tiempo que tiene la administración para resolver. Por ejemplo, si presentas alegaciones a una multa, el organismo que te la puso tiene un año para contestarte. Este plazo se renueva con cada interacción.

- ¿Cómo pago la multa?

Si el organismo competente ha actuado de forma correcta y la multa es vinculante, puedes pagarla vía online en la web de la institución correspondiente o mediante ayuntamientos, jefaturas de tráfico provinciales, centros de gestión de multas, correos y algunas entidades bancarias.

- ¿Qué pasa si no pago la multa?

No puedes librarte de pagar una multa, el Estado siempre tiene formas para cobrar la sanción. Transcurrido el plazo, la multa se remite a la Agencia Tributaria, con un recargo del 20%. La Agencia Tributaria podrá embargar tu cuenta, o descontarlo de la Declaración de la Renta.