Bilbao- Ha sido presidente del Consejo General del Notariado español y decano del Colegio Vasco de Notarios. Ahora es el delegado del Notariado en Bilbao, pero advierte de que habla a título personal. Hoy se reúnen los 31 jueces del Tribunal Supremo que deben revisar o confirmar la sentencia que establece que son los bancos los que deben pagar el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados y no el cliente. A juicio de López Pardiñas, cuando se declara nula una norma es que “no ha existido” y por tanto “no debería haber límite temporal” para la devolución del dinero a los hipotecados.
Los notarios están a la expectativa.
-El colegio de notarios no tiene una postura oficial. En todo caso yo le puede dar mi opinión, la de una persona que lleva 35 años dedicada al derecho. Pero no representa ni la opinión del notariado en general ni la del Colegio vasco. Y le anticipo que mi opinión es políticamente muy incorrecta, pero yo creo que es sensata.
¿Políticamente incorrecta?
-En la premisa final estoy de acuerdo con todo el mundo. Es decir lo que debe prevalecer es lo más conveniente para el conjunto de la ciudadanía, pero subrayo lo del conjunto de la ciudadanía, de la cual las personas con préstamo hipotecario que han tenido que pagar Actos Jurídicos Documentados son una parte ciertamente muy importante, pero no son el todo.
¿Hay más afectados?
-En el País Vasco, donde hay una cultura económica muy elevada y la tasa de ahorro es mucho más alta que en el resto del Estado, hay muchas personas con dinero en fondos de inversión y EPSV que en mayor o menor medida invierten en Bolsa. Con lo cual ese ciudadano medio tiene algo menos de dinero que el día de la sentencia y probablemente ese colectivo de gente sea más numeroso de lo que pensamos. Aunque, si se me permite la expresión, hay a quien le pone que la banca se desplome en Bolsa, no solo se han visto afectados los grandes accionistas. No tengo estadísticas, pero seguramente, si se hicieran, serían más los vascos perjudicados por la caída de la Bolsa que por el hecho de haber pagado el impuesto de la hipoteca.
Bueno, la afección aquí es limitada.
-Sí, gracias a la política fiscal ejemplar que siguen las diputaciones forales, especialmente la de Bizkaia. Es una política fiscal acertada y los ciudadanos perciben que sus impuestos tienen buen destino. Las obras públicas se emprenden y la política social se mantiene en unos niveles muy superiores al resto del Estado. Y con una presión fiscal mucho más razonable. Aquí la persona que pide un crédito para pagar vivienda habitual no paga AJD. En otras comunidades se paga hasta el 1,5%. Eso hace que aquí el problema sea distinto cuantitativa y cualitativamente.
Y en medio, el galimatías jurídico.
Ciertamente es complicado. Yo he hablado con jueces y magistrados y ellos tampoco tienen muy claro en qué punto está la cuestión. Hay una norma que en el Estado dice que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados del préstamo hipotecario lo debe pagar la persona a cuyo favor se constituye la garantía, salvo cuando se trata de bancos, en cuyo caso lo paga el prestatario. Esa excepción puede merecer una opinión a cada uno, pero tradicionalmente el Supremo había dicho que esa norma se ajustaba a Ley y que el prestatario estaba obligado a pago.
¿Qué ha cambiado ahora?
-A un ciudadano de la calle le puede parecer raro, pero los que estamos metidos en el derecho sabemos que no es infrecuente que el reglamento que gestiona una Ley no se ajuste a esa Ley y por tanto sea ilegal. Es lo que hace esta polémica sentencia del Supremo y se monta el jaleo. Claro, inmediatamente, los magistrados del Supremo se dan cuenta de las repercusiones económicas y de que era necesario ponderar. Es lo que hace el presidente de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo. Como es un tema muy polémico y hay jurisprudencia enfrentada, lo que hace Luis María Díez-Picazo es pedir a la Sala que dicte una sentencia unificadora de doctrina.
El objetivo es acabar con la inseguridad jurídica en esta cuestión.
-Claro. Aparte del económico, que es muy importante, ¿cuál es el problema de fondo que late en todo esto? El de la inseguridad jurídica. El dinero es muy miedoso. Al dinero le puedes poner unas reglas u otras y en función de esas reglas el dinero decide si juega o no juega. Pero la has organizado si cambias las reglas a mitad de partido. Y ese país adquiere mala reputación. La falta de seguridad jurídica tiene un impacto económico que es muy difícil de ponderar. Le puede suponer un coste muy elevado al Estado y el Estado somos todos.
Pero la inseguridad jurídica no se genera per se, ¿hasta qué punto es culpa de la Justicia?
-No es nada nuevo que haya jueces que dicen A y jueces que dicen B y el presidente de la sala dice que hay que llegar a un acuerdo. No sucede todos los días, pero no es una cosa extraña. Hasta la fecha había ocurrido con temas que tenían un interés reducido, no para la generalidad de la ciudadanía como es este caso. Muestra de que eso es así es que, que se sepa, por primera vez en la historia un presidente del Supremo ha pedido disculpas en público.
¿Y se puede generar inseguridad jurídica sin una raíz política? ¿Sin que sea culpa del legislador?
-Por supuesto que sí. Hay ocasiones en las que la inseguridad jurídica se genera porque hay una Ley cuya aplicación genera dudas. Los juristas somos expertos en buscarle tres pies al gato. He participado en la redacción de normas y sé en qué se pensaba cuando se redactaron. Sin embargo, cuando se han aplicado han tenido lecturas que he pensado: pero esto a quién se le ha ocurrido. Lo lees, piensas y efectivamente se puede interpretar así.
¿Se solucionará el problema?
-El lunes -por hoy- deberíamos tener un criterio jurídico y el problema de inseguridad jurídica quedaría solventado. Sabríamos todos a qué atenernos. Otra cosa es que las repercusiones prácticas de ese nuevo criterio tarden años en asumirse social y económicamente. Espero que no.
¿A qué se refiere?
-Imagine que tras la sentencia hay un impacto de tal calibre que los bancos se ven obligados a provisionar miles de millones de euros. Eso se trasladaría a los resultados de los bancos que necesitarían varios ejercicios para asumir eso, como ocurrió con la crisis del ladrillo.
Está hablando de la retroactividad, ¿qué ocurrirá?
-No me atrevo a predecirlo. Ninguna de las posibles sentencias del día 5 me resultará sorprendente.
¿Qué cree que debería ocurrir?
-Le doy mi opinión de jurista y es personal. En principio, cuando un tribunal declara nula una norma por ser contraria a la ley, eso se llama declarar nulo, no anular.
¿Qué diferencia hay?
-Mucha. La nulidad radical no tiene límite temporal. Cuando la iglesia declaraba nulo un matrimonio decía que no había existido. Los casados pasaban a ser solteros, no divorciados. Esa norma por así decirlo no había existido. En mi opinión no tendía que haber límite temporal.
¿Cómo está afectando esta crisis a los notarios?
-Supone un parón de ingresos, pero sabemos que se solucionará. Alguna de esas operaciones ya no se firmará jamás, las otras simplemente sufrirán un retraso.