Bilbao - BBVA tendrá que devolver el dinero de las aportaciones financieras subordinadas de Eroski (AFS) a quienes están incluidos en la demanda conjunta de Adicae. El juez del Juzgado número 1 de lo Mercantil de Bilbao, Marcos Bermúdez, emitió ayer un nuevo auto aclaratorio, el tercero, en el que interpreta que el banco debe devolver lo invertido y añade que luego puede reclamárselo a Eroski, si es que la sentencia termina confirmándose, ya que de momento está recurrida por el banco. Aunque reconoce que "los tribunales no pueden variar las sentencias que dicten después de firmadas", -y en la sentencia condenaba al banco por mala comercialización y absolvía a Eroski- en un momento del auto afirma que "Eroski debería soportar los efectos reflejos o indirectos de la nulidad del contrato de comisión declarada en la sentencia dictada", por lo que el auto vuelve a ser ambiguo.
El juez estima que las consecuencias que se deriven de esa devolución se dirimirán en otro contencioso. Si bien afirma que la entidad bancaria "podrá pedir a Eroski que le reintegre las cantidades", sostiene que si la compañía con sede en Elorrio entiende que lo acontecido sin su intervención (la comercialización de sus aportaciones primero y la nulidad después) le ha causado daños y perjuicios, podría reclamárselos a la comercializadora. Los considera "efectos indirectos o reflejos, llamados así porque afectan a quien no ha sido parte en el juicio que declara la nulidad", e insiste, "acudiendo, si fuera necesario, al juicio declarativo que corresponda". Es decir, que el banco es el que debe devolver las cantidades, pero que como nunca ha ingresado ese dinero, puede reclamárselo a la cooperativa, que es la que lo maneja.
Eroski, que había solicitado este nuevo auto aclaratorio, emitió ayer un comunicado en el que destacó que el juez "aclara que Eroski no tiene que reintegrar el importe de sus AFS". Según la cooperativa, "el hecho de que en el auto de aclaración se aluda a los efectos indirectos de la sentencia entre el emisor y el comercializador, no implica que éstos formen parte del proceso y por tanto no constituyen parte de la sentencia". Además, según Eroski, las manifestaciones incluidas por el juez sobre la relación entre la entidad comercializadora y el emisor de AFS "son ajenas a este litigio y, por lo tanto, no producen efecto alguno". La cooperativa de hecho valoró positivamente que se hayan "anulado los dos autos anteriores que resultaban poco claros y aparentemente contradictorios con la sentencia". BBVA no hizo ayer estimación alguna y mantiene su idea de recurrir la sentencia por opinar que "no es conforme a derecho".
El juez, además, recuerda en su nuevo auto que el destino de las AFS denunciadas en esta demanda "es ser anuladas". Incluso considera que deberían desaparecer. "Si la titularidad se devuelve a Eroski, las AFS tituladas por los demandantes sí desaparecen del tráfico jurídico porque Eroski no puede ser titular de aportaciones a ella misma". Por ello, vuelve a incidir en que sea la cooperativa la que se haga cargo de esos títulos que, según la sentencia, comercializó mal el banco.
La pasada semana el mismo juez había desdicho la sentencia emitida a finales de enero que absolvía a la cooperativa al aludir que "Eroski debería soportar los efectos reflejos o indirectos de la nulidad del contrato de comisión". Ello dio a entender, y así lo interpretaron todas las partes, que era la cooperativa la que debía asumir los costes y no el banco. En una nueva vuelta de tuerca ayer aclaró que es BBVA el que debe reingresar lo que invirtieron los ahorradores afectados.