Bizkaia arranca en abril su primera campaña de Renta donde la obligación de declarar se eleva a 20.000 euros
En mayo, además, se inicia el periodo de presentación del Impuesto sobre el Patrimonio y del Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas
Bizkaia arranca el próximo 15 de abril la primera campaña de Renta donde la obligación de declarar se eleva a los 20.000 euros anuales, mientras que el 4 de mayo se iniciará el periodo de presentación del Impuesto sobre el Patrimonio y del Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
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Según ha informado el departamento foral de Hacienda y Fianzas, por primera vez ambas campañas comenzarán en fechas distintas con el objetivo de dedicar los primeros 20 días de campaña exclusivamente a la Renta. De esta manera, pretende alentar a los vizcainos a conocer las novedades fiscales de la revisión aprobada.
Entre las novedades de este ejercicio la institución foral ha destacado mejoras en ámbitos como la vivienda, la conciliación, la igualdad, los planes de previsión social y la compra de vehículos respetuosos con el medio ambiente.
¿Hasta qué ingresos se está exento de presentar la declaración de la renta en Bizkaia?
Declaración de la Renta
Por otro lado, las personas que dispongan de datos económicos referentes al ejercicio de 2025 recibirán durante este próximo abril la notificación en la queHacienda les hará saber si están obligadas a presentar declaración, cuál es su mejor opción de tributación (individual o conjunta) y, también, el resultado provisional de su borrador.
Así como en la campaña anterior se solicitaron a las y los arrendadores de inmuebles los datos necesarios para determinar los valores de referencia de los alquileres en zonas tensionadas, en la campaña actual se solicitará también a las personas arrendatarias la identificación del inmueble, lo que permitirá ampliar la información sobre los valores de referencia de los inmuebles arrendados en Bizkaia.
Asimismo, en esta campaña de Renta también se mantiene la posibilidad de solicitar el aplazamiento del pago de la renta una vez presentada la declaración. Igualmente se podrá presentar una declaración sustitutiva para reemplazar la que se haya presentado con anterioridad si se hace antes de las 24.00 horas del día siguiente a la primera presentación.
En ese sentido, sigue manteniéndose para esta campaña la opción de cambiar la opción de tributación (de individual a conjunta y viceversa) mediante la presentación de la declaración "sustitutiva". En el caso de cambiar de tributación conjunta a individual, se anulará la presentación de la declaración conjunta presentada inicialmente, por lo que los contribuyentes involucrados tendrán que volver a presentar sus declaraciones individuales. En este caso, para la presentación de cada una de estas declaraciones individuales, se debe hacerlo aportando la clave de representación de su respectivo cónyuge.
A estos efectos, la declaración válida para Hacienda será la última que se haya presentado. Igualmente, como en la campaña pasada, se podrá optar en el borrador de la declaración por la posibilidad de no recibir en papel la carta previa al inicio de futuras campañas, lo que supondrá que no se recibirá en papel las comunicaciones referidas a la información de inicio de futuras campañas de la renta.
Eso sí: la opción solo se refiere a esta comunicación no a las demás que se produzcan en relación con la presentación de la declaración de renta.
Además, Hacienda ha subrayado de que informará a cada persona contribuyente mediante carta o notificación electrónica de si tiene obligación de presentar la declaración del IRPF.
En todo caso, y como norma general, no la tienen que presentar aquellas personas cuyos rendimientos brutos del trabajo no hayan superado los 20.000 euros y los rendimientos brutos del capital y ganancias patrimoniales no hayan superado conjuntamente los 1.600 euros.
Impuestos sobre el patrimonio
Entre el 4 de mayo y el 30 de junio estará abierto el periodo para presentar la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio y del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas.
A este respecto, la diputada foral del área, Itxaso Berrojalbiz, ha recordado que "para realizar esta declaración, el pasado año se implantó una aplicación web de fácil uso que permite al usuario el acceso, no sólo al borrador de la declaración, sino también a la simulación de la liquidación".
Esta aplicación, que no requiere de instalación previa y es ejecutable desde cualquier ordenador con conexión a internet, permitirá la necesaria coordinación entre los impuestos de Renta y Patrimonio y Grandes Fortunas.
En cualquier caso, los contribuyentes que opten por la tramitación digital podrán hacerlo en el apartado de renta del sitio web de la Diputación Foral y en la aplicación para dispositivos móviles: Renta Bizkaia Errenta.
Ambos recursos pedirán al usuario que se identifique con un sistema válido de identificación electrónico. Si no se dispone de ninguno, podrán crear su propia clave Bak utilizando el código de activación que habrán recibido en su carta de renta.
Por teléfono y en oficinas
El teléfono habilitado para esta campaña de Renta será el 94 608 3000 y estará operativo todos los días laborales desde las 08.30 horas hasta las 19.00. Fuera de ese horario, también se podrán realizar trámites sencillos, que no requieran necesariamente atención personalizada, y que serán realizados por un sistema automático.
Como en los anteriores casos, las personas interesadas en acceder a este servicio deberán acreditar su identidad. Sólo así les serán proporcionados sus datos económicos por teléfono. Para ello, en el procedimiento de identificación utilizarán su clave Bak o el código de activación que habrán recibido en su carta de renta.
Por otro lado, la institución foral proporcionará atención personal en las doce oficinas de la Hacienda Foral y en las oficinas Gertu de la Diputación, sitas en Balmaseda, Barakaldo, Basauri, Bermeo, Bilbao, Gernika-Lumo, Getxo, Igorre, Markina-Xemein, Mungia, Durango y Portugalete. El horario de atención será, los días laborables, entre las 8.30 y las 19.00 de la tarde.
Se requerirá de cita previa, que tendrá que ser formalizada en la página web (www.bizkaia.eus/renta) o en el teléfono de cita previa de Renta25, esto es, el 94 406 6600, en donde el personal de Hacienda informará a la persona solicitante sobre la documentación necesaria para poder completar su presentación en su visita a las oficinas forales. El periodo para solicitar cita previa se abre el día 13 de abril.
Plazos de devolución
En el supuesto de que el resultado de la declaración tenga como resultado a devolver, el contribuyente recibirá el ingreso correspondiente en su cuenta bancaria en un plazo máximo de siete días, siempre y cuando no existan discrepancias entre los datos presentados y los que obran en poder de Hacienda. Los ingresos se realizarán, como en anteriores campañas, durante los primeros días de julio si no realizan ninguna acción para presentar o modificar el borrador.
En los casos contrarios, cuando el resultado sale a pagar, el resultado será cargado en la cuenta bancaria de la persona contribuyente una vez finalizada la campaña, independientemente de cuándo haya sido presentada.