El expresidente de la Asociación de Ayuda en Carretera (DYA) entre 2016 y 2021, Fernando Izagirre, ha sido condenado por la Sección Sexta de la Audiencia de Bizkaia a 5 años y medio de prisión y al pago de una multa de 10.800 euros por apropiación indebida y falsedad contable por el desvío de fondos de esta asociación sin ánimo de lucro.
El tribunal también condena, en una sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, a Juan Diego Gallardo, el que fuera su socio en varias sociedades controladas por ambos, a 4 años y medio de prisión y al pago de una multa de 8.100 euros por un delito de apropiación indebida.
Según los hechos declarados probados, ambos, “puestos de común acuerdo” y “con ánimo de obtener un beneficio económico ilícito, desde el 4 de abril de 2011 hasta el 30 de noviembre de 2016, transfirieron u ordenaron transferir desde las cuentas corrientes titularidad de DYA Bizkaia a Emergencias Plus y de esta a las de Ambulancias Barcelona S.A., diversas cantidades por un importe total de 2.906.570,78 euros”.
Indemnización a la DYA
La Sección Sexta de la Audiencia de Bizkaia acuerda que los dos acusados indemnicen de forma conjunta y solidaria a DYA Bizkaia con 2.906.570,78 euros, aunque fija que en base a los hechos declarados probados en la sentencia que Fernando Izagirre responda hasta la cantidad de 2.240.007,57 euros.
Tras analizar la prueba presentada durante la vista oral, la Audiencia de Bizkaia concluye que queda acreditado que los dos acusados “tenían el control de la circulación de dinero que se produjo en ese triángulo empresarial y que culminó con esa salida de fondos” de DYA Bizkaia. “Ambos controlaban y pilotaban el triángulo formado” por DYA Bizkaia, Emergencias Plus y Ambulancias Barcelona y las transferencias se produjeron “por la actuación de los dos acusados”, añade.
En este sentido, apunta que la transferencia de esa “significativa cantidad” de dinero “careció de cualquier explicación lógica y empresarial” y que el dinero se transfirió “sin ninguna expectativa de devolución, o, por decirlo lisa y llanamente, con el designio de que no volviera”.
"Transferencias sin ninguna justificación"
“Eran transferencias sin ninguna justificación, ejecutadas con ánimo de enriquecimiento ilícito”, afirma el tribunal, que destaca también que los acusados no han ofrecido una “explicación coincidente” de ese “trasvase de fondos tan abultado” y dice que las que dan “o son completamente inverosímiles o carecen de cualquier lógica o sustento probatorio o incluso aparecen refutadas por otros medios de prueba”.
El tribunal también concluye que los hechos cometidos por los dos acusados “fueron más allá de una mera gestión en perjuicio de las sociedades administradas para adentrarse de un modo nítido en una pura y simple actuación con vocación predatoria”. Apostilla que hicieron "acopio de sumas muy relevantes de dinero provenientes de los fondos de DYA Bizkaia, que fueron transferidas a Emergencias Plus, y de ahí, en la segunda parte de la actuación delictiva, en primer lugar, a Ambulancias Barcelona y con posterioridad a otras sociedades, todas ella fuera del alcance de la primera, teniendo en todas ellas capacidad de disposición de las cantidades traspasadas".