Las claves del primer juicio del Estado sobre la muerte digna
La eutanasia solicitada por una joven se suspendió pese a que los forenses acreditan que es capaz de decidir
Una jueza de Barcelona decidirá si avala la eutanasia de una joven con paraplejia cuyo padre logró suspender in extremis el pasado agosto, pese a que ella había expresado su voluntad ante un notario y los forenses acreditan que es capaz de decidir sobre su vida. El juicio se celebró el pasado martes en el juzgado contencioso número 12 de Barcelona y estas son sus principales claves.
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¿Cómo llegó a los tribunales?
En el que es el primer juicio del Estado sobre el derecho a la muerte digna se enfrentan la Generalitat de Catalunya, que defiende la decisión de la Comisión de Garantía y Evaluación que en julio de 2024 dio luz verde a la eutanasia –por unanimidad de sus 19 miembros–, y el padre de la chica, representado por el colectivo ultracatólico Abogados Cristianos. También interviene en el proceso la Fiscalía, que en agosto apoyó suspender la eutanasia de la joven y pidió varias diligencias antes de pronunciarse. La eutanasia estaba prevista para el pasado 2 de agosto, pero la jueza la paralizó a raíz del recurso planteado por el padre para evitar un perjuicio “irreparable”.
¿Qué legitimidad tiene la familia?
El juicio plantea una cuestión que los tribunales deben resolver: ¿Están los familiares legitimados para oponerse a una petición de eutanasia? La Fiscalía sostiene que sí. De hecho, en otro caso de eutanasia suspendida a un hombre de 54 años, a petición de su padre, estimó que, aunque la decisión es “eminentemente personal” y tiene un “fuerte componente de autodeterminación”, los familiares pueden tener voz siempre que sean “afines” y conozcan la “evolución y circunstancias”. La Generalitat, en cambio, mantiene que la joven es la única e indiscutible titular del derecho a una muerte digna. En cualquier caso, considera que no se puede deducir “de forma automática” un interés legítimo derivado de un vínculo familiar. Y es que, además, esta es una situación particular: la joven ha pasado gran parte de su vida bajo tutela de la administración. – Efe
Argumentos
Comisión de Garantía. La Comisión que autorizó la eutanasia estimó que la joven cumple los requisitos que establece la ley: un sufrimiento físico y psíquico constante, reiteradamente expresado como intolerable y sin pronóstico de mejora o curación, documentado por distintos médicos a lo largo de casi dos años.
Abogados Cristianos. Argumenta que la joven no reúne las condiciones cognitivas para decidir sobre su vida y que presenta una “voluntad cambiante” por un trastorno límite de personalidad.