La Inspección Técnica de Edificio, más conocida como ITE, es un sistema de control de los edificios de viviendas para acreditar su estado de seguridad constructiva y que se centra en diversos ámbitos como la estructura y la cimentación, las fachadas, la cubierta y las instalaciones principales del edificio a estudio. Un trámite obligatorio en un edificio de más de 50 años de antigüedad y que, por tanto, está a la orden del día de muchas comunidades de propietarios.

La normativa actual sobre la inspección técnica de edificios tiene por finalidad velar porque el edificio se adecúe a ciertas condiciones y, por ello, se inspeccionan infinidad de elementos constructivos de los edificios como las cubiertas, cimentación y estructura, fachadas, instalaciones (abastecimiento de agua, saneamiento, electricidad, refrigeración, ventilación, protección contra incendios y rayos), elementos constructivos de la envolvente térmica que repercutan en la calificación de la eficiencia energética global del edificio y la propia accesibilidad del espacio.

Con ello, se emitirá un informe con un resultado favorable o desfavorable y, en este último caso, se incluirá una propuesta de las obras necesarias para la reparación de las deficiencias detectadas y los plazos para la realización de dichas intervenciones.

Solicitar una ITE Es importante subrayar que se realizará una ITE por cada portal que constituya el edificio. En este sentido, las ITEs deben ser contratadas por los propietarios del inmueble a estudio, o en su caso por el presidente de la comunidad o la empresa encargada de la administración de la finca en calidad de representante de la comunidad, por lo que en cualquier caso es la comunidad de vecinos la que se hace responsable del gasto de la inspección.

En lo que respecta a los plazos, la primera ITE debe presentarse dentro del año siguiente a aquel en el que el edificio cumpla 50 años desde la finalización de las obras de nueva planta o de su rehabilitación integral.

Posteriormente a la fecha de presentación de la primera ITE, cada diez años, deberá realizarse una nueva inspección y presentarse la nueva ITE. 

ITE

Inspección de edificios. La normativa actual sobre la inspección técnica de edificios tiene por finalidad de velar porque los edificios cumplan con ciertas condiciones de seguridad.

50 años

Obligatoriedad. Se trata de un trámite obligatorio en un edificio de más de 50 años de antigüedad y debe ser contratada por los propietarios del inmueble a estudio, o en su caso por el presidente de la comunidad o la empresa encargada de la administración de la finca en calidad de representante de la comunidad.

Objetivo

Deficiencias. Se inspeccionan infinidad de elementos constructivos de los edificios como las cubiertas, cimentación y estructura, fachadas, instalaciones, la eficiencia energética global del edificio y la accesibilidad.