La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso de apelación formulado por el Ayuntamiento de Barakaldo, a través del Área de Seguridad Ciudadana que dirige el socialista Ángel Madrazo, por el nombramiento de dos agentes de Policía Local para que hiciesen funciones administrativas. Tal y como se recoge en el dictamen judicial, dicho nombramiento fue realizado por el subcomisario jefe de la Policía Local de Barakaldo, de forma verbal y sin realizar un proceso de selección previo. “Queremos que le quede absolutamente claro al edil de Seguridad Ciudadana que la Policía Local de Barakaldo no es ningún cortijo y que hay que hacer procesos de selección para desarrollar funciones diferentes a las del resto de agentes. Además, creemos que ya es hora de que se cree una normativa de funcionamiento interno de nuestro cuerpo policial”, señaló Joana Gómez, representante del Sindicato Vasco de Policías y Emergencias, sindicato que denunció estos nombramientos que se produjeron en el año 2019. Asimismo, cabe destacar que estos dos puestos no figuran en la Relación de Puestos de Trabajo municipal.

Una vez que se vio que el subcomisario jefe decidió nombrar a dos agentes de la Policía Local para desempeñar labores administrativas sin realizar concurrencia alguna, el sindicato decidió interponer una demanda al contencioso-administrativo que fue admitida a trámite en marzo de 2021. Unos de los aspectos esgrimidos por el sindicato SVPE es que las dos agentes designadas para ocupar dichos cargos tienen unas jornadas y condiciones de trabajo diferenciadas al resto. “Trabajan de lunes a viernes, en horario de mañana y no llevan uniforme ni arma reglamentaria”, desarrolló Gómez. Fue en julio de 2021 cuando el contencioso-administrativo falló a favor del sindicato SVPE y dio como plazo hasta octubre de ese mismo año para que la Policía Local de Barakaldo diese marcha atrás y concediese dichos puestos siguiendo un proceso de concurrencia. Pero eso no ocurrió y el Área de Seguridad Ciudadana, encabezado por el socialista Ángel Madrazo decidió recurrir el auto al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. “La alcaldesa, Amaia del Campo, envió un oficio el 19 de julio para que se cumpliese la sentencia judicial, pero el Área de Seguridad Ciudadana no lo cumplió y decidió recurrir la sentencia”, señaló Gómez. Ahora, el alto tribunal vasco ha vuelto a dar la razón al sindicato SVPE y, si quisiese continuar el camino de las apelaciones, al Área de Seguridad Ciudadana del Ayuntamiento de Barakaldo le quedaría recurrir el auto al Tribunal Supremo.

Consultadas por DEIA, fuentes del Área municipal de Seguridad Ciudadana del Consistorio fabril defienden que “la asignación de estas tareas policiales específicas por parte de la jefatura de la Policía Local, se realizó en función de las competencias que el reglamento de la Policía Local le atribuye”. Asimismo, señalaron que “la sentencia establece en su fundamento de derecho segundo; A fin de no dejar sin cobertura la prestación del servicio, la declaración contraria a derecho, no impide que continúen desempeñando las funciones asignadas hasta su cobertura por un proceso de concurrencia en el plazo prudencial que no se estima allá de superar el 4 de octubre de 2021”.

En corto

Irregularidad. El alto tribunal sostiene que los dos puestos de administrativo debían haberse concedido por concurso y no por criterio del subcomisario jefe de la Policía Local de Barakaldo. Las dos agentes que hacen funciones administrativas no tienen los mismos horarios y condiciones de trabajo que el resto.

En 2019. Los nombramientos se realizaron en 2019 y, según recoge la sentencia, se hicieron de forma verbal.