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La campaña de la Renta arranca el próximo lunes en Bizkaia

Desde el 27 de marzo, se han enviado a los domicilios de forma gratuita 350.000 declaraciones ya confeccionadas.

La campaña de la Renta arranca el próximo lunes en BizkaiaPablo Viñas

BILBAO. Desde el próximo lunes, 4 de mayo, y hasta el 30 de junio se va a desarrollar en Bizkaia la Campaña oficial de la Renta y Patrimonio correspondiente al ejercicio 2014. De esta manera, la Hacienda Foral vizcaína tiene ya en marcha todos sus servicios para facilitar a la ciudadanía cumplir con sus obligaciones fiscales de una manera sencilla, rápida y gratuita.

Entre estos servicios, ya habilitados, hay que recordar el envío desde el pasado 27 de marzo de 350.000 declaraciones ya confeccionadas, y sin coste alguno a los domicilios de los contribuyentes. Este servicio -Rentanet Etxean- es uno de los más valorados.

Otros servicios ya habilitados por Hacienda, son las propuestas WEB de las que se envían 30.000 propuestas ya elaboradas, la consulta de datos fiscales, la presentación de recursos y rectificaciones por Internet, entre otros. Como novedad, en la presente campaña se puede acceder a la oficina virtual de Hacienda y Finanzas utilizando la Clave de Renta lo que supone una ventana más para poder presentar las declaraciones.

Entidades financieras

A todos estos sistemas, se suma ya desde este lunes la posibilidad de presentar la declaración a través de Internet descargando el programa informático oficial desde la página Web www.bizkaia.eus/renta, así como realizarla mediante el servicio ofrecido bajo la supervisión de Hacienda Foral por personal técnico adscrito a unas 300 sucursales de las 6 entidades financieras colaboradoras: Kutxabank, Laboral Kutxa, BBVA, Banco Santander, Caixabank y Banco Sabadell.

Estos profesionales confeccionarán de forma personalizada y gratuita la declaración, aunque no sea cliente.

Este año, por primera vez, el Impuesto sobre el Patrimonio debe presentarse de forma telemática.

Obligaciones

Hay que recordar que tiene la obligación de presentar la declaración en IRPF, las personas cuyas rentas procedentes del trabajo superen los 20.000 € y/o cuyos rendimientos brutos de capital, incluidos los exentos, y ganancias patrimoniales superen los 1.600€.

Respecto al Impuesto sobre el Patrimonio, deben hacerlo aquellos contribuyentes cuya autoliquidación resulta a ingresar o, NO dándose esta circunstancia, cuando su patrimonio tenga un valor superior a 2 millones euros.

Previsiones

Como ya adelantó el Diputado de Hacienda y Finanzas de Bizkaia, José María Iruarrizaga, en la presentación de la Campaña 2014, se espera contar con un total de 590.000 declaraciones en IRPF, de las que el 76% serán a devolver, con unos 430 millones de euros, con una media de 960 euros, y el 24% a ingresar, con 200 millones de euros, y una media de 1.410 euros.

Por el Impuesto sobre el Patrimonio se espera recaudar 84 millones de euros de 6.700 contribuyentes.

Novedades fiscales

Esta campaña, además, contiene IMPORTANTES CAMBIOS a nivel fiscal. Así, mientras en la anterior (la de 2013) se trataba del primer año de aplicación de las nuevas medidas contra el Fraude Fiscal y del nuevo Impuesto sobre el Patrimonio, en esta ocasión los cambios están en el propio IRPF, ya que es la primera que conlleva ya los cambios en el Impuesto, tras la aprobación de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, fruto de la importante reforma fiscal aprobada por las Juntas Generales de Bizkaia.

Resumen Novedades fiscales

Entre ellas, y con el objetivo de garantizar la adecuación de la capacidad real y económica del contribuyente:

  • Se deflactan un 1 por 100 las reducciones por tributación conjunta, las deducciones personales y la tarifa general.
  • Se establece un límite de exención para las indemnizaciones por despido en 180.000 euros.
  • Se elimina el régimen de estimación objetiva para la determinación de los rendimientos de actividades económicas (los módulos).
  • Se establece, la obligatoriedad de presentación por vez primera del modelo 140 de declaración informativa con el contenido del libro registro de operaciones económicas.
  • Se reduce el límite de base imponible de 35.000 a 30.000 euros para poder aplicar la deducción que corresponde a mayores de 65 y 75 años.
  • Se reducen los límites anuales de deducción por adquisición de vivienda habitual a 1.530 y a 1.955 euros .
  • Se reduce el límite anual por aportaciones individuales a sistemas de previsión social de 6.000 a 5.000 euros. Asimismo, se elimina el régimen de aportaciones y contribuciones incrementadas para los mayores de 52 años y se imposibilita la reducción por aportaciones a partir del momento en que el contribuyente está en situación de jubilación.

Para asegurar la equidad y neutralidad de los tratamientos tributarios:

Se establece una nueva exención para los rendimientos percibidos por el desempeño de funciones de monitor o monitora, árbitro, juez, delegado, responsable deportivo, dirección técnica federativa y entrenador en el ámbito del Deporte Escolar con el límite del salario mínimo interprofesional.

Se revisa la exención reconocida a las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de la vivienda habitual en el curso de un procedimiento judicial incorporando el supuesto de dación en pago de la vivienda habitual de la persona deudora como garante de la anterior.

Y en el caso de contribuyentes separados: Se introduce un nuevo apartado para contemplar la exención por reinversión en los supuestos de transmisión de la vivienda familiar de contribuyentes separados, a pesar de que esta vivienda no haya sido su vivienda habitual en los dos años anteriores a la transmisión, condicionada a que constituya la vivienda habitual del ex-cónyuge y de los descendientes que den derecho a la deducción por tales.

Para incrementar la progresividad del Impuesto:

  • En la Tarifa General, se han incorporado nuevos tramos para bases liquidables superiores a 92.310 € al 46%; superiores a 123.070 € al 47% y para superiores a 179.460 € al 49%.
  • En la Tarifa del Ahorro, se establece una Tributación al 20% para los primeros 2.500 €, al 21% entre 2.500 y 10.000 €, 22% entre 10.000 y 15.000 €, 23% entre 15.000 y 30.000 € y 25% para el resto.

Rentas irregulares: Se establece un límite de 300.000 euros para la aplicación de los porcentajes de integración reducida aplicables a los rendimientos irregulares procedentes de trabajo, actividades económicas o capital.