La jueza no observa prevaricación en la actuación del alcalde de Zamudio
El auto acuerda el sobreseimiento provisional de la causa por falta de indicios
Zamudio. Son las eternas estacas de la discordia en Zamudio, las que le costaron la inhabilitación política a la anterior alcaldesa de la localidad, Sorkunde Aiarza, y que hace unos meses pusieron en el punto de mira a la gestión del actual regidor, Igotz López. Pero el Juzgado de Instrucción número 3 de Bilbao no ha visto delito en la actuación de López con respecto a este tema de deslindes, estacas y terrenos que lleva demasiado tiempo planeando sobre el Consistorio zamudiotarra. La jueza en su auto establece que tras la instrucción practicada en la presente causa penal, se deduce "la insuficiencia de indicios bastantes" para sostener la imputación pretendida por los delitos de prevaricación y desobediencia a la autoridad judicial. Por tanto, se acuerda el sobreseimiento de las diligencias previas, aunque cabe interponer recurso.
Los antecedentes de toda esta cuestión hay que buscarlos en 2010, cuando el Juzgado de lo Penal número 3 de Bilbao condenó a Sorkunde Aiarza a nueve años de inhabilitación política por un delito de prevaricación debido a una decisión del Consistorio de derruir unas obras iniciadas por un vecino, José Mª Zárate, para delimitar su terreno con unas traviesas. Ante este respaldo judicial, Zarate volvió a pedir permiso para acometer la obra. El Ayuntamiento de Zamudio, ya con Igotz López al frente, siguiendo las pautas que dictaba la sentencia, dejó sin efecto el decreto que le costó la inhabilitación a Aiarza. Asimismo, el Consistorio emitió en noviembre un decreto que reproducía lo establecido por el informe jurídico del asesor municipal, que indicaba que Zarate debía concretar si lo que quería era hacer un cerramiento o una delimitación, y que, en ambos casos, debía seguir las pautas que marcan las normas urbanísticas. Igotz López rubricó el decreto y Elena Iglesias, firmó la notificación que se remitió al vecino.
Fue entonces cuando Zarate se dirigió a los juzgados viendo en ese decreto un supuesto delito de prevaricación y de desobediencia a la autoridad judicial y, aunque en un principio hubo un archivo de la causa, este volvió a recurrir, y a ese nuevo recurso se adhirió la Fiscalía.
Ahora, el Juzgado de Instrucción número 3 afirma que "no concurren indicios sólidos" para sostener la imputación. Así, establece que Iglesias "no participó materialmente del contenido de la resolución de la Alcaldía, limitándose a la notificación que se realiza al denunciante". Mientras, en el caso de López establece que el decreto del 30 de noviembre de 2011 "no hace sino incorporar el contenido del informe" del asesor, un informe que fue elevado a la comisión de Urbanismo integrada por la totalidad de la corporación de la cual derivó una propuesta de acuerdo "que López se limitó a ratificar bajo la fórmula de decreto".
Ayer, Igotz López se mostraba satisfecho con el resultado de este auto, pero destacaba que era algo que se veía venir. "No esperaba otra cosa. No hemos hecho nada mal", subrayó. "Cuando alguien pide una licencia urbanística, nosotros no actuamos según nos parezca: hay un informe técnico del asesor jurídico, del aparejador o del arquitecto que determina qué es lo que corresponde hacer", señaló. Ahora, cabe la presentación de recurso, bien de reforma o bien directo de apelación.