La clave principal del proceso de determinación de la edad real de un migrante que llega al país de forma ilegal y alega ser menor de edad es tan subjetiva como la duda. Cuando la administración estima que la documentación o la declaración no se corresponde a su físico se activa el protocolo de la prueba. Una administración competente, en este caso Bizkaia, puede pedir la actuación a la Fiscalía que actúe cuando la información de la que dispone no es fiable, pero es el Ministerio el que toma la decisión final

Y a tenor de constante requerimiento de la Diputación Foral la actuación no se produce con la agilidad necesaria. En el protocolo que ha fijado el Estado, la administración competente en la materia, intervienen las fuerzas de seguridad, los servicios de protección de cada territorio, los médicos y, en última instancia, la Fiscalía.

El test óseo

La prueba ósea de edad, utilizada en el protocolo de Menores Extranjeros No Acompañados (MENA), se basa en una radiografía del carpo izquierdo (muñeca) para medir la madurez del esqueleto.

Como no es concluyente, se combina con una radiografía dental y, en casos dudosos, con una placa de clavícula.

Con todo, el margen puede ser de hasta dos años. De modo que el informe médico aporta una horquilla de edad y lógicamente no determina un día exacto de nacimiento. Es una de las claves en las que se apoyan en los países de origen las redes que modifican las edades en los pasaportes de las personas que buscan un futuro en Bizkaia.