Bilbao. Tras la decisión de la jueza del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 5 de Bilbao de suspender de forma provisional el derribo del edificio de Kukutza III, ayer llegó el turno de la vista oral. En ella, las partes implicadas expusieron sus argumentos sobre la legalidad o ilegalidad que rodea a la licencia municipal de derribo.

En representación de la asociación vecinal de Rekalde, Errekaldeberriz Auzo Elkartea, Jose Ángel Esnaola expresó que la licencia concedida por el Consistorio es "nula de pleno derecho" y solicitó la celebración de un juicio con el que demostrar la ilegalidad de la demolición. "Pedimos un juicio que compruebe la ilegalidad urbanística del derribo. Lo que hay detrás de Kukutza es un incumplimiento de deberes urbanísticos por parte de una promotora y del Ayuntamiento que durante 16 años ha tolerado que no se desarrolle el Plan General de Ordenación Urbana", indicó.

Durante la vista, Esnaola se acogió al incumplimiento de Cabisa, propietaria de la antigua fábrica, del plan de ordenación según el cual, antes de que se concediera la licencia de derribo la promotora debía haber realizado la descontaminación del terreno, así como un proyecto de reparcelación y urbanización y la cesión del 15% del suelo para uso público. "Si a un promotor se le da una licencia 16 años después de cuando tenía que haber cumplido sus expectativas y se le da sin que previamente haya cedido las calles, haya reparcelado, haya entregado el 15% al Ayuntamiento y haya pagado la descontaminación considero que esa licencia es nula porque las licencias solo se pueden dar cuando se han cumplido estas obligaciones", argumentó Esnaola. Unas obligaciones que, según el letrado, a día de hoy permanecen sin cumplir, y "mientras no se cumplan no puede tener plusvalías y derechos urbanísticos", añadió.

La otra cara Por su parte, los letrados del Ayuntamiento, Gonzalo Arostegui, y de la firma promotora, Jon Lavín, se aferraron a la finalidad "ilegítima" del recurso, ya que "pretende proteger la ocupación ilegal del edificio", matizó Arostegui. "No cabe a través de medida cautelar la protección de algo considerado ilegal por un auto", añadió Lavín, en referencia a la orden de desalojo del antiguo edificio industrial dictada por el Juzgado de Instrucción Número 6. Además, el letrado explicó que el inmueble no está catalogado por el Plan General de Ordenación Urbana, por lo que "no está protegido en ninguno de los niveles del plan como patrimonio cultural", sentenció. Esnaola señaló que, por el momento, "no se ha contestado a la petición de catalogación del edificio como patrimonio", lo que evitaría el derribo. "Si se detiene la demolición, habrá que interponer un sistema de vigilancia hasta que el proceso se resuelva o hasta que se revoque la medida cautelar", señaló Arostegui.

Otro de los argumentos empleados por este fue que el recursos impide que Cabisa desarrolle su derecho a urbanizar su propiedad. Y que la medida cautelar no es justificable porque "no hay vinculación indisoluble" entre el edificio y las actividades desarrolladas en él.

Tras la vista, Esnaola afirmó estar "satisfecho" por haber podio explicar sus argumentos e hizo hincapié en la "importancia de respetar los procedimientos", ya que existe un recurso contra la demolición que "sin haber sido contestada estaba siendo ejecutada". "Esa infracción del procedimiento nos ha llamado la atención", expresó.