BILBAO. Los vecinos de Deusto y San Inazio pueden respirar tranquilos. Los tribunales han avalado la decisión del Ayuntamiento que cerró las discotecas Privée y Fania-Ranchito en 2005 y 2007 por incumplir la normativa, con lo que no podrá volver a ejercerse esta actividad en ninguno de los dos establecimientos. Recogieron firmas, presentaron denuncias y se movilizaron para protestar por los disturbios en el entorno de estos locales y eso arropó al Consistorio ante los tribunales, según reconocen los responsables de Seguridad Ciudadana. Ambas sentencias del 24 de setiembre y 3 de noviembre no aceptan los recursos presentados por los propietarios de las citadas discotecas por lo que la institución local no tendrá que devolverles la cuantía de la sanción. Además, no podrán volver a abrir sus puertas al quedarse sin licencia.
Han pasado cuatro y dos años, respectivamente, desde que dos sucesos violentos colmaron la gota de denuncias y protestas que llevaban acumuladas las discotecas Privée y Fania-Ranchito (antiguo Chentes) en Deusto y San Inazio. El Ayuntamiento decretó su cierre e impuso la máxima sanción contemplada en la ordenanza, 30.000 euros. Pero, sus propietarios han ido recurriendo desde entonces cada sentencia alegando que no eran los responsables de la actividad hasta que hace unos días los tribunales han vuelto a dar la razón al Ayuntamiento. Les considera responsables de los hechos que se les imputaron al ser propietarios. Es decir, de desorden, de ruido y de falta de seguridad.
El Privée Las primeras quejas se remontan a 2004. Los vecinos comenzaron a sufrir un sinfín de molestias y alteraciones graves de la convivencia, porque, además de incumplir la normativa horaria, se producían situaciones conflictivas tanto en su interior como entorno al establecimiento.
A veces, se existían peleas entre los clientes del local, que en principio se iniciaban en el interior para continuar en el exterior y a altas horas de la madrugada. A la inseguridad de la zona se sumaban los ruidos y alborotos que alteraron la convivencia en la zona.
Éste fue el desencadenante para que los vecinos hicieran llegar sus quejas al Ayuntamiento y llamaran a la Policía Municipal. A través de escritos de la asociación de vecinos y por medio del Consejo de Distrito llegaron incluso a dar entrada a un dossier donde se recogieron las firmas de más de 2.000 vecinos que pedían a la administración que adoptara medidas ante una situación que se hacía cada más insostenible. La discoteca, aún cuando había comenzado a recibir denuncias por los incumplimientos, no corregía dicha situación. Esto conllevó las correspondientes denuncias administrativas contra el local que originaron la tramitación de expedientes sancionares, en principio por los incumplimientos.
Los dueños siempre intentaron desviar la responsabilidad. No hacían nada para erradicarlas. En este clima conflictivo se produjo un desagradable suceso cuando uno de los clientes de la discoteca y tras un disputa resultó atropellado a las puertas del local por un vehículo que se daba a la fuga. El suceso agravó la situación en el barrio.
El 5 de noviembre de 2004 el Ayuntamiento adoptó la medida cautelar de cierre y la prohibición del ejercicio de la actividad por los graves desórdenes con peligro para las personas que se venían produciendo en el interior de la discoteca, donde eran continuas las peleas. Además se sancionó a las empresas y al encargado con multas de 30.050 euros y suspensión de la actividad durante un año.
La empresa dueña del local y titular de la licencia de actividad fue recurriendo ante los tribunales las diferentes resoluciones municipales, desde la medida cautelar de cierre hasta la sanción alegando su condición de titular del inmueble y por tanto carente de toda responsabilidad sobre las infracciones. Todos los recursos han sido desestimados por los tribunales y por tanto las sentencias recaídas favorables a las resoluciones municipales. Además, la última disposición municipal consistió en declarar la caducidad de la licencia con lo que el local continuaba cerrado.
Fania-Ranchito En el caso de la discoteca Fania el cierre se produjo por incumplir las medidas de seguridad. Durante la madrugada del 24 de junio de 2007 tuvo lugar el fallecimiento violento de una persona en el interior de la discoteca. Una joven murió asesinada con la yugular seccionada, simplemente por encontrarse en el sitio inoportuno. Por este motivo, se procedió a incoar expediente sancionador por incumplimiento de las medidas de seguridad en el local, todo ello con independencia de las diligencias penales que se iniciaron de manera simultánea.
Dada la relevancia de los hechos, cuatro días más tarde se decretó cierre cautelar del establecimiento con la prohibición del ejercicio de la actividad del local del que ya constaban antecedente policiales por actos violentos, peleas, agresiones, etc. en el establecimiento y alrededores, de tanto de la Ertzaintza como de la Policía Municipal que además había desplegado un dispositivo especial en la zona, dadas las continuas quejas vecinales que se venían sucediendo respecto al desarrollo de la actividad del local.
Según el atestado, el autor de la agresión había sido expulsado del local por su comportamiento violento aunque logró entrar nuevamente por la puerta trasera y una vez dentro volvió a atacar a distintas personas resultando además de la joven fallecida otras dos personas heridas por cortes de arma blanca. El expediente imputaba a las dos mercantiles el incumplimiento de las medidas de seguridad, por no haber impedido el acceso a personas con comportamientos violentos, ambos como titulares de las licencias urbanísticas correspondientes. El 17 de octubre de 2007 se clausuró el local durante un año y se le multó con 30.050 euros, sanción que fue recurrida ante la jurisdicción contencioso administrativa. El 11 setiembre de 2009 una nueva sentencia resulta favorable al Ayuntamiento y considera acreditado que la mercantil tiene la condición titular del local y de la licencia.
En estos momentos consta también la sentencia penal sobre la autoría y responsabilidad por el fallecimiento ocurrido en el establecimiento. En dicha sentencia de 20 de febrero se condena al autor del homicidio y de las lesiones así como responsable civil subsidiaria a la mercantil como titular del establecimiento porque no se habrían producido los hechos si se hubieran adoptado las medidas seguridad exigidas en la normativa.