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El Tribunal Supremo cuestiona las indemnizaciones por atropellos

Eleva una cuestión prejudicial ante la justicia europea si la cuantía para la víctimas de un atropello intencionado es conforme a ley

El Tribunal Supremo cuestiona las indemnizaciones por atropellosBomberos de Alicante

El Tribunal Supremo ha planteado una cuestión prejudicial ante la justicia europea para determinar si el sistema de indemnizaciones que la normativa española prevé para víctimas de atropellos intencionados es conforme a las directivas europeas. La Sala de lo Penal ha elevado la cuestión ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que aclare si la ley de ayudas públicas que incluye a las víctimas de delitos dolosos cometidos con vehículos de motor puede considerarse similar a las indemnizaciones del régimen del seguro obligatorio, pese a que sus cuantías son inferiores hasta en más de un 50%. La Directiva europea relativa al seguro de la responsabilidad civil prevé que los daños por atropellos intencionados han de quedar cubiertos por el sistema de aseguramiento obligatorio, salvo que en un Estado miembro exista un sistema de indemnización equivalente. Al respecto, el Supremo destaca que en nuestro país la cobertura para estos casos está regulada en la ley de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, que reduce la cuantía de las indemnizaciones, en ocasiones hasta por debajo de la mitad de las que procederían por el régimen del seguro obligatorio, y además excluye a algunos beneficiarios.

En su auto, los magistrados explican que las dudas a solventar por el TJUE se han planteado en un recurso del Consorcio de Compensación de Seguros contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya que condenó a este organismo, como responsable civil directo, al pago de las indemnizaciones fijadas en favor de los familiares de un hombre fallecido al ser atropellado dos veces de forma violenta por otro hombre que conducía un coche sin seguro.