La orientación o identidad sexual fue el motivo más frecuente de los delitos de odio cometidos en el Estado entre 2002 y 2021, seguidos de los de origen racial o étnico, según un estudio sobre racismo, xenofobia, LGTBIfobia y otras formas de intolerancia basado en el análisis de sentencias por estos casos.

Este estudio apunta a que uno de cada cinco delitos de odio cometidos en el Estado entre 2002 y 2021 (22,7 por ciento) tuvo como objetivo la orientación y la identidad sexual de las víctimas, según informa el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en una nota de prensa.

Los cometidos por su origen racial o étnico alcanzaron el 18,8 por ciento; la ideología, el 15,3 por ciento y la nacionalidad, el 10,2 por ciento.

Por contra, los menos frecuentes son los actos discriminatorios motivados por la discapacidad de la víctima (6,3 %), su religión o creencias (2,8 %), el antisemitismo (2,3 %), el antigitanismo (1,7 %) y la aporofobia (0,6 %).

Catalunya, a la cabeza

La distribución geográfica de los delitos de odio es desigual. Catalunya es la comunidad autónoma donde se registran con mayor frecuencia (42 % de los casos analizados).

Le siguen Madrid (12,8 %), Castilla y León y Canarias (7 %), Comunidad Valenciana (6,4 %) y Andalucía (5,25 %). Por provincias, el mayor número de casos analizados se produjeron en Barcelona (38 %), Madrid (12,8 %), Santa Cruz de Tenerife (6,4 %), Valladolid (5,2 %), Tarragona y Valencia (4,1 %) y Navarra (2,9 %).

La vía pública urbana es el escenario más habitual de los delitos de odio (31,4 %), sobre todo los motivados por antigitanismo, religión, orientación sexual y nacionalidad.

En el espacio virtual o las telecomunicaciones (teléfono, mensajes y redes sociales), se producen el 18,9 % de los casos, relacionados en mayor medida con el antisemitismo y con la ideología, nacionalidad y orientación sexual de la víctima.

Ocho de cada diez delitos de odio (79 % de los casos) se cometieron de forma presencial, mientras que el acometimiento virtual se sitúa en el 18 por ciento de los casos sometidos a estudio. Cuando el hecho se produce de forma presencial, la violencia psicológica es la más prevalente (70 %) a través de intimidaciones o amenazas. En el entorno virtual, el medio utilizado con más frecuencia son las redes sociales (16,4 %).

Estos datos figuran en el estudio "Análisis de casos y sentencias en materia de racismo, xenofobia, LGTBIfobia y otras formas de intolerancia 2018-2022", que ha presentado este miércoles en un acto el presidente del CGPJ, Vicente Guilarte.

Ha sido elaborado en el marco del acuerdo de cooperación suscrito por el CGPJ, la Fiscalía General del Estado, el Centro de Estudios Jurídicos, y los ministerios de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Interior, Trabajo y Economía Social, y Cultura y Deporte.

Los autores del estudio han analizado sentencias dictadas entre 2018 y 2022 y proporcionadas por el CENDOJ (Centro de Documentación Judicial).

El perfil de los acusados

La información sobre los acusados se ha obtenido del análisis de 296 individuos que, en el 70 % de los casos, actúan de forma individual.

El 86 % son hombres, frente a un 14 % de mujeres, y el 88 % son mayores de edad y el 12 %, menores.

El dato sobre la nacionalidad de los acusados figura sólo en la mitad de los hechos sometidos a estudio (48 %). Dentro de ese número, el 79,7 % tienen nacionalidad española.

En relación con aquellos casos de los que se han podido extraer datos sobre la pertenencia de los acusados a algún grupo o colectivo, el estudio señala que la mayoría se identifica con una ideología de extrema derecha (54,3 %). Le siguen los grupos extremistas religiosos (15,2 %), los de extrema izquierda (13 %), los proetarras (6,5 %) y los independentistas catalanes ultras (4,3 %).

Las víctimas

El 67,4 % de los casos estudiados afectan a una única víctima, mientras que en el 23,6 % existen dos. Seis de cada diez víctimas (64 %) son hombres y nueve de cada diez (89 %), mayores de edad, con una media de 30,7 años.

Al contrario de lo que sucede con los acusados, la mayor parte de las víctimas (83,3 %) son extranjeras y proceden principalmente de países de Latinoamérica (Ecuador, Venezuela y Colombia) y de países africanos (Marruecos y Senegal).

El 68,7 % pertenece además a un grupo específico. A las minorías étnicas, religiosas o los colectivos vulnerables pertenecen el 56,1 % de las víctimas; por detrás, el colectivo de extranjeros (33,8 %) y los grupos políticos (5 %).

Las condenas y absoluciones más numerosas

 La motivación ideológica es la que concentra un mayor número de condenas (el 18,4 %), mientras que las absoluciones más frecuentes tienen que ver con hechos discriminatorios por orientación e identidad sexual de la víctima (26,2 %) y pertenencia a una raza o etnia (23,8 %).

Los delitos más frecuentes contemplados son los de incitación al odio, la violencia o la discriminación del art. 510 del Código Penal (lo que se denomina discurso del odio), que representan el 62 % del total. Les siguen los delitos de lesiones de los arts. 147 y 148, con un 10,6 % y los de trato degradante del art. 173.1, con un 10,2 por ciento.

Entre los delitos de odio propiamente dichos (es decir, sin contar con los de discurso del odio y la circunstancia agravante), los más frecuentes son los cometidos contra la integridad moral de la víctima, que representan el 44,4 por ciento.

En estos delitos, siete de cada diez acusados (69,7 %) son menores de edad. Los acusados mayores de edad prevalecen en los delitos de discurso del odio, con un 62,8 por ciento.

En un tercio de los asuntos analizados (33,3 %), el órgano judicial impuso penas de prisión, seguido de las penas de multa (23 %) y la de inhabilitación para el sufragio pasivo (20,3 %). En menor medida, se impuso la prohibición de aproximación y comunicación con la víctima o los perjudicados (7,7 %).