El Gobierno vasco ha aprobado este martes el decreto que regula el régimen de concierto social y los convenios en el sistema de servicios sociales, en el que se establecen la condiciones que ha de cumplir la concertación de plazas con entidades de iniciativa privada.

El objetivo de esta norma es regular un régimen general y común para la concertación de los servicios del catálogo de prestaciones y servicios del Sistema Vasco de Servicios Sociales, que establece el artículo 22 de la ley de Servicios Sociales.

En particular, este decreto regulará la concertación de plazas con entidades de iniciativa privada. El Gobierno vasco ha recordado que la ley de Servicios Sociales establece que el régimen de concierto es, junto con la gestión directa, la gestión indirecta en el marco de la normativa de contratación de las administraciones públicas, y los convenios con entidades sin ánimo de lucro, "una de las fórmulas de que disponen las administraciones públicas para organizar la prestación de los servicios del catálogo del Sistema Vasco de Servicios Sociales".

El régimen de concierto se denomina social por referirse al ámbito de la intervención social: servicios sociales, promoción del acceso al empleo e intervenciones en el espacio sociosanitario, sociolaboral, socioeducativo o sociojudicial, entre otros.

Este régimen se articula de acuerdo a un procedimiento de convocatoria pública que implica concertar plazas con todas las entidades cuyas solicitudes cumplan los requisitos de acceso. El procedimiento y, en particular, los requisitos de acceso, están relacionados con los principios y el modelo comunitario de atención que establece la ley de Servicios Sociales.   

"COHERENTE"

La duración de un concierto puede extenderse hasta ocho años.

El Gobierno vasco ha subrayado que este resulta, por tanto, "un instrumento coherente con el modelo comunitario y el Marco europeo voluntario de calidad para los servicios sociales y otros servicios personales de interés general, que han de estar informados por los principios de universalidad, solidaridad, eficiencia presupuestaria y adecuación".

A su vez, considera que se trata de "una vía adecuada para articular, de forma estable y en base al principio de adecuación (calidad), la participación de la iniciativa privada en el Sistema Vasco de Servicios Sociales".