Ana María Martínez Navas tiene en su haber varias sentencias no exentas de polémica, como el fallo dictado en 2022 por el que ordenaba al Ayuntamiento de Laudio a readmitir a una interina que no tenía el PL3 de euskera exigido en su puesto por las “extraordinarias dificultades” que presenta el aprendizaje del euskera. “La Administración parece olvidar que el euskera ocupa la quinta posición de los idiomas más difíciles del mundo (en algunas listas aparece incluso el primero), destacaba el fallo, que recordaba que “la principal dificultad de esta lengua es que no comparte ninguna conexión con ningún otro idioma ya que ha evolucionado a lo largo del tiempo de forma aislada». Añade que a ello se suma “la complejidad de su estructura y un vocabulario cuyas palabras cambian de significado al adicionarse uno de los cientos de sufijos, prefijos e infijos que se dan en esa lengua”. 

Contra una broma El Mundo Today 

Esta no es la única sentencia curiosa dictada por la jueza. En enero de 2018, Martínez Navas amenazó a los editores de la publicación satírica El Mundo Today con acciones legales por una noticia falsa publicada en su web en la que sostenían que el “90% de las ovejas en España se cría para fines sexuales. La jueza exigía una rectificación y la retirada del contenido al considerar la broma “un insulto grave a la labor de los pastores” y advirtió a sus autores que incurren en una “imputación general y gratuita del delito de bestialismo” sobre este colectivo.

Contra la lanzadera Galdakao-Etxebarri 

El 19 de febrero de 2019 DEIA titulaba así: “La jueza que sacó la lanzadera de Etxebarri vive en la calle por la que se prohíbe su paso”. La crónica afirma que titular del Juzgado número 6 de lo Contencioso-Administrativo de Bilbao, dio el visto bueno a la prohibición de que la lanzadera entre Galdakao y el metro de Etxebarri entrase en el núcleo urbano de la localidad, a pesar de que reside en la calle Fuenlabrada, vía central por la que se ha prohibido circular a este servicio. La cercanía con la causa no llevó a la magistrada a abstenerse en este proceso -tampoco lo comunicó a las partes- y, el pasado 3 de febrero, desestimó la medida cautelar que solicitaba que, mientras durara el litigio, se permitiese a la lanzadera llegar hasta el metro. Tras esta decisión, el autobús fue enviado de nuevo fuera del núcleo urbano de Etxebarri y los usuarios se veían obligados a realizar ese trayecto de 700 metros hasta el suburbano.