Las multas de tráfico por aparcamiento están entre las más comunes en zonas urbanas. Estacionar de forma incorrecta conlleva una sanción administrativa que parte de los 80 euros y puede ascender hasta los 200, en todos los casos con posibilidad de deducción del 50% si se paga en período voluntario, aunque esta fórmula impide una reclamación posterior. El Reglamento General de Circulación establece las normas básicas y las sanciones correspondientes, tanto para las paradas como para los estacionamientos, aunque deriva toda la responsabilidad a las ordenanzas municipales de los ayuntamientos.

Hablamos de parada cuando el vehículo se detiene durante un tiempo inferior a dos minutos y su conductor no lo abandona. En cambio, en el estacionamiento el vehículo sí permanece detenido durante más de dos minutos sin el conductor en su interior.

Entre todas las sanciones de tipo leve o grave que aparecen en el Reglamento General de Circulación, hemos hecho una selección de las multas por aparcamiento que podrían ser las más comunes que cometen los conductores urbanos:

* Vulnerar el régimen de parada y estacionamiento en vía urbana regulado por la ordenanza municipal incumpliendo las limitaciones horarias de duración del estacionamiento: 80 euros.

* Estacionar el vehículo sin situarlo paralelamente al borde de la calzada, es decir, dejando mucha separación con el bordillo: 80 euros.

* La multa por estacionar el coche en doble fila estacionado sin conductor es de 200 euros.

* Detenerse en una zona destinada al estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano, por ejemplo, parar en un carril bus: 200 euros.

* Estacionar en un carril o parte de la vía reservada exclusivamente para el servicio o circulación de determinados usuarios cuando obstaculice gravemente la circulación o sea un riesgo para los peatones: 200 euros.

* No obedecer la señal de parada y estacionamiento prohibido: 200 euros.

* No obedecer la señal de estacionamiento prohibido en vado: 200 euros.

* Estacionar el vehículo para una zona reservada de carga y descarga: 200 euros.

* Estacionar en una plaza reservada para minusválidos: 200 euros.

* La multa por aparcar encima de la acera puede ser de hasta 200 euros, aunque hay ordenanzas municipales más permisivas en este punto, sobre todo con las motos.

Tanto las multas leves (100 euros) como graves (200 euros), se pueden reducir a la mitad de su importe si se paga, como queda dicho, en el período voluntario (unos diez días laborables según ayuntamientos) y siempre que se renuncie a interponer un recurso administrativo.

¿Puedo recurrir una multa de aparcamiento? Sí, puedes, pero perderás la deducción del 50%. Antes de iniciar un recurso te aconsejamos que acudas al lugar de la infracción para observar detenidamente la calle donde te han puesto la multa de aparcamiento, bien para asegurarte de que efectivamente aparcaste incumpliendo alguna señal, o bien para tomar pruebas que demuestren lo contrario (un obstáculo que impida ver la señal, un árbol, una farola mal situada…). Igualmente revisa bien la notificación de la infracción porque cualquier error en el nombre de la calle, matrícula del coche, nombre y apellidos del denunciado, el que no aparezca el número del agente que denuncia… puede suponer que se invalide la sanción. En la misma notificación te dan las instrucciones para recurrir.

¿Cuándo prescribe una multa por mal aparcamiento? Las multas de aparcamiento leves prescriben a los tres meses desde que se cometió la infracción sin haber recibido notificación, mientras que las graves lo hacen a los seis meses. Pero cuidado, porque las administraciones podrán interrumpir este período en caso de que no localicen al dueño del vehículo en su domicilio. Además, buscarán otras vías para hacerle llegar la notificación, siendo la última opción la publicación en el Boletín Oficial del Municipio.

¿Tiene validez una multa que llega por correo ordinario? No. La Administración siempre tiene que utilizar un medio que deje constancia de la recepción de la notificación por parte del interesado. En el caso de que la comunicación sea imposible por no encontrarse en su domicilio o haber cambiado de dirección sin haberlo avisado, la notificación se publicará en el BOE. Todos los ciudadanos estamos obligados a consultar dicho boletín.

¿Cómo funciona el Servicio de Estacionamiento Regulado (SER)? El aviso de denuncia que encontrarás en el parabrisas no tiene efectos de notificación. Cuando se ha rebasado el tiempo abonado, el aviso suele permitir su anulación, previo pago de una cantidad en el parquímetro que ronda los tres o cuatro euros.

Para pagar o recurrir una multa en el SER deberás esperar la notificación que te llegue a tu domicilio. Y recuerda, debe ir acompañada de una foto donde se registre la infracción, ya que los trabajadores del SER no son agentes de la autoridad, no tienen presunción de veracidad y deben demostrarlo de forma visual.