España ha revisado los requisitos sanitarios de entrada en el país y, entre otras principales novedades, destaca la admisión de pruebas de antígenos rápidas aprobadas por la Unión Europea (UE) como certificado diagnóstico, junto con las PCR, hasta ahora las únicas aceptadas, y que son mucho más caras.La normativa entra en vigor desde mañana y tiene como novedades también los certificados de vacunación y de recuperación para viajeros procedentes de la Unión Europea (UE) y países del Espacio Económico Europeo (EEE), así como la apertura a los turistas vacunados desde países extracomunitarios.

Según publicó ayer el Boletín Oficial del Estado (BOE), las pruebas diagnósticas de infección para SARS-CoV-2 admitidas serán las de amplificación de ácido nucleico molecular (NAAT), utilizadas para detectar la presencia del ácido ribonucleico (ARN), y los test de antígeno incluidos en la lista común de test rápidos de detección de antígeno para la covid-19, publicada por la Comisión Europea. Se aceptarán como válidos los certificados de prueba diagnóstica de infección activa de la covid-19 con resultado negativo expedidos en las 48 horas anteriores a la llegada a España.

Cualquiera de los tres certificados citados deberá estar redactado en español, inglés, francés o alemán y, si no es posible obtener el original en alguno de estos idiomas, el documento acreditativo deberá ir acompañado de una traducción al español realizada por un organismo oficial.

Si se procede de zonas de la UE/EEE no incluidas en el listado de países de riesgo del Ministerio de Sanidad, no hará falta presentar ninguna prueba diagnóstica ni certificado de vacunación o inmunidad.

Igualmente, si se viaja a España por turismo desde un país que no pertenece a la UE ni al EEE pero está incluido en la lista de territorios con baja incidencia, excluidos de la zona de riesgo, se podrá entrar sin necesidad de prueba diagnóstica ni certificado de vacunación ni inmunidad

medidas en cruceros

Por otra parte, la respuesta de las navieras al levantamiento de la prohibición de los cruceros internacionales en España, en vigor desde hace más de un año por la pandemia de la covid-19, ha sido inmediata, y algunas ya han incluido puertos españoles en sus itinerarios por el Mediterráneo de este verano.

El fin de la prohibición viene acompañado por una serie de medidas que deben cumplir los cruceros como no superar el 70-75 % del aforo máximo; evitar que duerman más de dos tripulantes en el mismo camarote o establecer grupos, con horarios diferentes de comida, embarque y desembarque, además de que los pasajeros deben presentar una PCR o una prueba de antígenos negativas antes de subir a bordo.

Según la Asociación Internacional de Líneas de Cruceros (CLIA), se trata de un protocolo “evidentemente exigente como nosotros queremos que sea”, pero en línea con las directrices europeas que han seguido muchos países como base para establecer su normativa.

Su director para España, Alfredo Serrano, ha señalado que el sector llevaba pidiendo mucho tiempo el levantamiento de la prohibición en el sentido de que se diera una fecha para ello, a fin de que las navieras pudieran actualizar sus planes. Además de preparar el barco o traer la tripulación a tiempo para pasar una cuarentena antes de zarpar, lo más importante es ponerlo en el mercado, proceso que normalmente necesita hasta dos años de antelación.

Desde mañana. La normativa entra en vigor mañana y tiene como novedades también los certificados de vacunación y de recuperación para viajeros procedentes de la Unión Europea (UE) y países del Espacio Económico Europeo (EEE), así como la apertura a los turistas vacunados desde países extracomunitarios.

Protocolo en cruceros. El fin de la prohibición viene acompañado por una serie de medidas que deben cumplir los cruceros como no superar el 70-75 % del aforo máximo, además de que los pasajeros deben presentar un PCR negativo.