BILBAO. La Audiencia Provincial de Bizkaia ha condenado a cinco miembros de dos asociaciones de usuarios de cannabis a diez meses de prisión por cultivar marihuana en un pabellón en la carretera que une Ermua y Mallabia, que habían alquilado a tal efecto y que posteriormente vendían a terceros.

Asimismo, ha condenado a uno de ellos a indemnizar a la empresa suministradora de energía con 13.496 euros por manipular los precintos de la luz.

Según recoge la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial, dictada de conformidad y dada a conocer este lunes, en la nave industrial se intervinieron alrededor de 1,6 kilos de cannabis de distinta pureza.

La resolución judicial determina que en mayo de 2014 tres individuos constituyeron una asociación de usuarios de cannabis, cuya finalidad era facilitar a los usuarios de esta sustancia el acceso al consumo.

Para ello, desarrollaron un proyecto por el que la entidad facilitaba el cultivo en interior o exterior. Así, suscribieron un contrato de arrendamiento en una nave industrial y acordaron compartir la instalación con otra asociación de usuarios de cannabis que pagaba a la primera una cantidad mensual para cultivar en el pabellón esta planta.

En el citado lugar se interceptaron en junio de 2015 alrededor de 1,6 kilos de cannabis de distinta riqueza. Además, la persona titular del suministro eléctrico había realizado manipulaciones en los precintos de la luz para camuflar el consumo cuyo fin era dar servicio a lámparas y elementos para el cultivo. El perjuicio causado al suministrador de luz ascendía a 13.490 euros.

La sustancia cultivada estaba destinada a su transmisión a terceras personas y el valor de lo intervenido en el pabellón hubiera alcanzado en el mercado los 8.000 euros.

De este modo, la sentencia condena a los cinco acusados como autores de un delito contra la salud pública en sus modalidad de sustancia que no causa grave daño a la salud a la pena de diez meses de prisión y a una multa de 5.000 euros.

Asimismo, condena a uno de ellos como autor de un delito de defraudación de fluido eléctrico a la pena de cinco meses de multa a razón de cuatro euros diarios y a indemnizar a la empresa suministradora de luz con 13.496 euros.